El decreto de medidas en materia concursal entra en vigor mañana


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el real decreto ley de medidas urgentes en materia concursal, cuyo objetivo es facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en concurso de acreedores.
Esta norma, que completa las medidas para favorecer la reestructuración y refinanciación de las deudas empresariales aprobado el marzo, entra en vigor mañana, domingo.
Con el decreto aprobado ahora se amplían las posibilidades de extensión de los efectos del convenio a los acreedores "disidentes" y, en particular, a los acreedores privilegiados, en función de las mayorías que voten a favor.
Respecto a los créditos privilegiados, sin modificar su clasificación, se crean cuatro clases diferenciadas, a efectos de la votación para la extensión del convenio, según se trate de acreedores laborales, públicos, financieros o el resto.
Los acreedores privilegiados, tanto generales como especiales, mantienen su capacidad de adhesión voluntaria al convenio, pero se introduce la posibilidad de que se puedan extender los efectos del convenio a los acreedores privilegiados "disidentes".
La condición es que voten a favor del mismo acreedores que representen el 60% o el 75% del pasivo de cada una de las clases de créditos, dependiendo de las medidas a aplicar.
DEUDORES HIPOTECARIOS
Por otra parte, en una disposición transitoria en el decreto se modificación la Ley de Enjuiciamiento Civil, de manera que el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si ésta se fundara en la existencia de una cláusula contractual abusiva.
De esta manera, el Gobierno da cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de julio de 2014, que consideraba que la legislación aprobada por el Gobierno del PP en materia hipotecaria situaba en una posición de desigualdad al deudor.

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