El gobierno equipara la elaboración y comercialización del yogur a la normativa comunitaria


El Gobierno equiparó este viernes la normativa de calidad para la elaboración y comercialización del yogur a las disposiciones comunitarias en esta materia, adaptándola también a “la nueva realidad del mercado”.
La nueva normativa aprobada en Consejo de Ministros “afianza los requisitos de etiquetado, al eliminar los apartados sobre la fecha de caducidad del yogur, así como el límite de venta de veintiocho días desde su fecha de fabricación, exigidos anteriormente en la norma de 2003”, según informa el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en una nota de prensa.
De esta forma, el etiquetado de fechas del yogur, como ocurre con la generalidad de los productos alimenticios, se rige por la normativa horizontal europea sobre higiene de los alimentos, y de acuerdo con la misma, son las industrias alimentarias quienes deben determinar el tipo de fecha apropiada a cada producto, así como su límite temporal.
ADAPTACIÓN AL MERCADO
Por otra parte, la nueva norma adecua su contenido a la nueva realidad del mercado, eliminando restricciones que pueden situar a los productores españoles en una situación de desventaja.
Para ello, se permite, al igual que en otros países de la Unión Europea, “la utilización en su composición de un ingrediente lácteo como la nata, necesario para la elaboración de los yogures cremosos, ya presentes en el mercado. De esa forma, se garantiza la competencia leal entre las industrias, la mejora de la competitividad del sector y se dota de las mismas condiciones a todos los productores en el marco de la Unión Europea”, explica el Ministerio.
En esa línea, la nueva norma, que contempla seis tipos de denominaciones de yogures como ‘natural’, ‘natural azucarado’, ‘edulcorado’, ‘con fruta, zumos y otros alimentos’, ‘aromatizado’ y ‘pasterizado después de la fermentación’, regula también las materias primas que se incluyen en las diferentes variedades como aromas, frutas, hortalizas, compotas, zumos, miel, frutos secos y otros alimentos. También establece los detalles de composición que deben reflejarse en el etiquetado.
De este modo, el Ministerio, a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria, “continúa su labor de modernización de las normas alimentarias, con el objeto de crear un marco idóneo para la mejora de la competitividad de la industria alimentaria española y de diversificar la oferta de productos alimenticios en el mercado”, concluye la nota.

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