¿Cómo se financian (legalmente) los partidos políticos? Guía rápida para conocer sus múltiples bolsillos

    • ¿Sabías que hasta 2012 era legal que las fundaciones de los partidos recibieran donaciones de empresas privadas que prestaban servicios a la Administración?
    • ¿Y que hasta 2007 podían recibir donaciones "anónimas"? He aquí una explicación práctica de todas las vías (legales) de financiación de los partidos políticos españoles.
Hasta 2007, los partidos políticos españoles podían recibir directa o indirectamente donaciones de fuentes anónimas
Hasta 2007, los partidos políticos españoles podían recibir directa o indirectamente donaciones de fuentes anónimas
Photaki

Los partidos políticos reciben dinero de todos los niveles del Estado. Además, pueden recibir fondos privados a través de varios canales. Estos fondos no tienen que estar ligados por el donante a un objetivo concreto. Pero sí tienen algunas restricciones.¿Qué restricciones hay para las donaciones privadas a partidos políticos?No podrán recibir directa o indirectamente donaciones de fuentes anónimas (antes de 2007 sí podían).Tampoco podrán recibir aportaciones de donantes individuales, tanto físicos como jurídicos, que superen 100.000 euros/año (las donaciones en especie en forma de bienes inmuebles quedan excluidas de este límite). Dicha restricción se hace más estricta con respecto a las donaciones en las campañas electorales que no deben exceder 6.000 euros por persona (artículo 129, Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General).No pueden recibir donaciones de entidades del sector público.No pueden obtener donaciones de empresas privadas que faciliten productos o servicios a entidades públicas o empresas que sean mayoritariamente propiedad del Estado o estén controladas por éste.No pueden efectuar subrogación de terceras personas en el abono de productos, trabajos, o cualquier otro gasto contraído por un partido político.Están prohibidas las donaciones de Gobiernos extranjeros, entidades públicas extranjeras o empresas relacionadas – directa o indirectamente - con ellas (los fondos de la Unión Europea para elecciones al Parlamento Europeo están excluidas de esta prohibición).¿Cuáles son sus fuentes (legales) de financiación privada?Cuotas de afiliadosIngresos por las actividades y propiedades del partido (p.ej. actividades promocionales, recaudación de fondos, publicaciones, etc.).Préstamos y créditos.(Ni en las cuotas de afiliados, ni en los ingresos por actividades y propiedades del partido ni en los préstamos o créditos existen límites a la cantidad que pueden recibir).LegadosDonaciones en metálico y en especie de personas físicas (tanto ciudadanos nacionales como extranjeros) o personas jurídicas.¿Cómo les llega el dinero público?

Tienen dos formas de financiarse con dinero público, de manera directa e indirecta.

-Financiación directa:Del Estado central para gastos de campañas electorales, referendos y campañas extraordinarias de publicidad de los partidos representados en el CongresoDel Estado Central y de las Comunidades Autónomas para el funcionamiento operativo y para gastos de seguridad (es decir, cantidades asignadas a los partidos políticos representados en el congresos nacional y autonómico para garantizar su protección frente a ataques terroristas).De los ayuntamientos, para los partidos con representación municipal. Deberá ser una cantidad fija e idéntica para todos los partidos y una cantidad variable proporcional al número de escaños por partido (articulo 73, Ley 11/1999 sobre Gobiernos Locales).De las Cortes y las demás asambleas autonómicas: asignaciones que recibe cada grupo parlamentario a nivel estatal y autonómico.

-Financiación indirecta:Tiempo de emisión gratuita en los medios de comunicación públicos durante las campañas electorales.Tarifas de correos reducidas para efectuar envíos durante la campaña.Espacios públicos gratuitos para reuniones (colegios, ayuntamientos) y de vallas publicitarias municipales.¿Puede negarse una televisión pública a alterar el tiempo de publicidad electoral?

No, porque está estipulado por ley, en función del número de votos y escaños conseguidos por cada partido en las elecciones parlamentarias anteriores. Además del tiempo gratuito para los anuncios, la televisión pública está obligada a facilitar tiempo a los partidos políticos en sus boletines de noticias y en los programas de información. Este hecho que ha valido reiteradas protestas públicas de los periodistas que trabajan en medios públicos, partidarios de asignar tiempo según el valor periodístico de cada información, y no según el último resultado electoral que cosechó cada partido, como ocurre ahora.¿Y si un partido no consiguió representación en las últimas elecciones?

También tiene derecho a diez minutos de tiempo gratuito en medios públicos.¿Hasta cuánto puede aumentar o reducir cada año la financiación pública a los partidos políticos?

No existe un límite máximo, pero sí un límite mínimo. Este útimo se establece teniendo en cuenta las variaciones en el índice de precios al consumo (IPC) de un año a otro. En este sentido, la Ley Orgánica 8/2007 incluyó un 20% de aumento en los fondos del Estado disponibles para financiar los gastos operativos y de seguridad de los partidos políticos: en el año 2008, se asignaron 78.100.000 euros para gastos operativos y 4.010.000 euros para gastos de seguridad.¿Y qué pasa con las fundaciones?

Las donaciones recibidas por asociaciones y fundaciones relacionadas con partidos políticos están sujetas al mismo régimen sobre donaciones privadas que han sido descritas anteriormente respecto a partidos políticos, con las siguientes características especiales:Pueden recibir donaciones de hasta 150.000 euros por persona/año (en vez de 100.000 euros, a cuyo límite están sujetas otras personas físicas y jurídicas);Cualquier tipo de donación de persona jurídica que exceda 120.000 euros tendrá que ser certificada mediante documento notarial.Hasta octubre de 2012, podían aceptar o recibir, directa o indirectamente, donaciones de empresas privadas que, mediante contrato vigente, prestaban servicios o realizaban obras para las Administraciones Públicas, organismos públicos o empresas de capital mayoritariamente público. También podían aceptar o recibir donaciones de empresas pertenecientes al mismo grupo que aquellas, de empresas participadas mayoritariamente por aquellas y de sus fundaciones. En la última reforma todo esto se prohibió.Las donaciones efectuadas por personas jurídicas deberán ser aprobadas por el órgano o representante competente en cada caso y cuando sean de carácter monetario y tengan un importe superior a 120.000 euros tendrán que formalizarse en documento público. Y cuando superen los 50.000 euros o sean bienes inmuebles habrán de ser notificadas al tribunal de cuentas antes de 3 meses.¿Pueden crear empresas o participar en ellas los partidos políticos?

No pueden involucrarse en ningún tipo de actividad comercial que esté enfocada a obtener beneficios. Tampoco las asociaciones y fundaciones relacionadas, directa o indirectamente, a partidos políticos con representación en el ParlamentoLos nuevos partidos, ¿tienen derecho a recibir financiación pública?

En la práctica, solo los partidos políticos que tienen un escaño en alguno de los organismos legislativos del Estado, comunidad autónoma o municipio, tienen derecho a financiación pública directa.

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FUENTES:
Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985
Ley Orgánica sobre Financiación de Partidos Políticos de 1987
Ley Orgánica sobre Financiación de Partidos Políticos de 2007
Reforma hecha en 2012 a la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos
Fernando Jiménez Sanchez, profesor titular de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad de Murcia

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