Jurista de la UE propone anular competencias de la ESMA sobre ventas en corto

  • El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Niilo Jääskinen propuso hoy anular los "poderes excepcionales" conferidos a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) para regular o prohibir las ventas en corto en los Estados miembros.

Bruselas, 12 sep.- El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Niilo Jääskinen propuso hoy anular los "poderes excepcionales" conferidos a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) para regular o prohibir las ventas en corto en los Estados miembros.

Estas operaciones se caracterizan porque los inversores venden acciones con la expectativa de que baje su valor para comprarlas luego a menor precio y ganar la diferencia.

Su carácter especulativo y la falta de transparencia que suele rodear a estas transacciones motivaron duras críticas y llevaron a algunos países como España a prohibirlas de manera unilateral, antes de que la UE en su conjunto decidiese actuar en 2012.

Los socios comunitarios aprobaron entonces, con la abstención del Reino Unido, un reglamento destinado a armonizar la respuesta europea contra las operaciones especulativas con deuda soberana.

En concreto, endurecieron las normas para la venta en corto al descubierto (aquellas en las que el inversor no posee los activos en el momento de la venta), y prohibieron las transacciones al descubierto de los seguros de impago vinculados a la deuda soberana.

Según ese reglamento, los Estados miembros sólo podrían "salirse" temporalmente de esas normas cuando la ESMA lo autorizase.

Estas competencias "excepcionales" de la ESMA quedaron reguladas en el artículo 28 del reglamento sobre la base del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que permite la adopción de medidas de armonización cuando sean necesarias para el establecimiento y funcionamiento del mercado interior.

El Reino Unido, que no logró detener la aprobación del reglamento durante el proceso legislativo, interpuso un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE en el que solicitaba su anulación y alegaba, entre otros motivos, que el artículo 114 no era la base legal adecuada.

El abogado general dio hoy la razón al Reino Unido en este punto, aunque rechazó los otros argumentos que presentó contra la medida.

Sostuvo que efectivamente el artículo 114 no constituye la base jurídica adecuada para otorgar competencias extraordinarias a la ESMA.

Recalcó que dichas competencias "van más allá de lo que legítimamente podría adoptarse como una medida de armonización necesaria para el establecimiento o el funcionamiento del mercado interior".

En este contexto propone que se anule el artículo 28, ya que en la práctica obliga a las autoridades nacionales a acatar las decisiones de la ESMA, por lo que más que una armonización en la toma de decisiones, se trataría de una sustitución de las decisiones nacionales por decisiones europeas, y eso va más allá de los límites del artículo 114.

El Tribunal de Justicia de la UE cuenta con ocho abogados generales que se pronuncian sobre ciertos litigios antes de la sentencia final de la corte, que suele seguir las recomendaciones de estos juristas en la mayoría de los casos.

La ESMA se estableció en 2009 como parte del nuevo sistema de supervisión financiera de la UE, que también incluía la Autoridad Bancaria Europea (EBA), la Autoridad Europea de Supervisión de Seguros y Pensiones (EIOPA) y el Consejo Europeo de Riesgo Sistémico (ESRB).

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