Madrid, 23 oct.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto expediente sancionador contra Renfe Operadora, Transportes Ferroviarios Especiales y seis empresas filiales por posible abuso de posición dominante y reparto de mercado.
La investigación se ha iniciado tras la denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP), que dio lugar a la apertura de una información reservada, ha informado hoy la CNMC en un comunicado.
El expediente sancionador se ha incoado contra Renfe Operadora; Renfe Mercancías; Renfe Alquiler de Material Ferroviario; Transportes Ferroviarios Especiales; Transfesa Rail; Pool Ibérico Ferroviario; Hispanauto Empresas Agrupados; y Sociedad de Estudios y Explotación de Material Auxiliar de Transportes.
La CNMC investiga posibles prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), así como en los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
A la vista de la información recabada, la Competencia considera que existen indicios racionales de un abuso de posición dominante por parte de Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Renfe Alquiler de Material Ferroviario, por "la posible aplicación a empresas asociadas a AEFP de condiciones comerciales discriminatorias en relación con otros clientes en la prestación de servicios de tracción o en el alquiler de vagones".
Además, se investiga "un posible acuerdo colusorio" entre Renfe Operadora, Transportes Ferroviarios Especiales, Transfesa Rail, Pool Ibérico Ferroviario, Hispanauto Empresas Agrupadas y Sociedad de Estudios y Explotación de Material Auxiliar de Transportes, tendente al reparto del mercado en el ámbito del transporte ferroviario de mercancías, y en especial automóviles, así como sus piezas y componentes.
Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente -cuya incoación no prejuzga el resultado final de la investigación- y para su resolución por la CNMC.
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