La cnmc no devolverá nada a tv y ‘telecos’ de los 212 millones que pagaron por la tasa de tve en 2013


Las televisiones y operadoras de telecomunicaciones no recuperarán cantidad alguna de las aportaciones que hicieron en 2013 para la tasa de financiación de RTVE, que sumaron 212 millones de euros (212.095.987,13 euros), 5,3 millones menos que el ejercicio anterior (217,3 millones).
Así lo recoge una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a la que ha tenido acceso Servimedia, por la que determina que “las cantidades liquidadas por el total de los operadores de telecomunicaciones y televisión en el ejercicio 2013 no exceden los límites establecidos en la Ley 8/2009 de financiación de RTVE”.
La norma establece que en abril de cada año, la CNMC ha de determinar en concreto si las 'telecos' pagaron por este canon impuesto a cambio de la supresión de la publicidad en TVE más del 25% de los ingresos de RTVE que se les fija como tope, las televisiones en abierto el 15% y las televisiones de pago el 20%.
Si se produjera tal exceso, Competencia deberá proceder a la devolución correspondiente a cada operador. Pero no ha sido el caso. Dado que RTVE ha declarado unos ingresos por 2013 de 941 millones (en concreto 941.663.000 euros), a las ‘telecos’ les correspondería un límite de pago de 235,4 millones, pero devengaron 152,3 millones (16,18), a las televisiones en abierto se les ponía un tope de 141,2 millones, pero desembolsaron 42,2 millones (4,49%), y las televisiones de pago tenían un techo de 188,3 millones, pero destinaron a la tasa 17,4 millones (1,86%).
“Así las cosas”, señala la resolución, “de lo anterior se desprende que, en ningún caso, las cantidades liquidadas por el total de los operadores de telecomunicaciones y de televisión en el ejercicio 2013, por importe de 212.095.987,13 euros, exceden los límites establecidos en el número 4 del artículo 5 y en los números 4 y 5 del artículo 6 de la Ley de Financiación de RTVE”.
“Por lo que, al no producirse dicho exceso, en atención de lo previsto por el artículo 6 del Real Decreto de Financiación de CRTVE, no procede devolución alguna a los sujetos obligados al pago de las aportaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la referida ley”, añade el acuerdo de la CNMC, adoptado por su Sala de Supervisión Regulatoria.

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