Las empresas alimentarias afrontarán menos burocracia para registrarse


El Consejo de Ministros aprobó este viernes un decreto que regula el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, con la finalidad de actualizar y simplificar el procedimiento que rige actualmente, de 1991, para registrar las empresas alimentarias y algunos de los productos que fabrican.
En virtud de este decreto, se exigirá autorización previa por la autoridad competente al inicio de la actividad económica a los establecimientos destinados a la actividad alimentaria relacionada con los productos de origen animal.
Del mismo modo, se modificará el ámbito de empresas y establecimientos objeto de registro en materia de seguridad alimentaria.
Así, se incluirá a todas las empresas que sean el eslabón responsable de la cadena alimentaria, y se excluirá a las empresas y establecimientos dedicados en su actividad a productos químicos (detergentes, desinfectantes y plaguicidas de uso en la industria alimentaria), "dado que el control oficial de estas empresas está enfocado por la peligrosidad de las sustancias que fabrican y no por razones de seguridad alimentaria".
Con respecto al registro de los preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, de las aguas minerales naturales y las aguas de manantial, se consolidan bajo el mismo texto legal las disposiciones ya vigentes.
En definitiva, sostiene el Gobierno, con la aprobación de este decreto, se refuerza la protección de la salud a través de la información actualizada de las actividades de las empresas que intervienen en el mercado, lo que permite una adecuada programación de los controles oficiales y la posibilidad de actuar con rapidez y eficacia en los casos en que existe un peligro para la salud pública.

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