Lorca. Nace la comisión mixta por los terremotos


El Ayuntamiento de Lorca acogió este miércoles la sesión constitutiva de la Comisión Mixta creada por el Real Decreto Ley 6/2011 por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo pasado en ese municipio.
La comisión mixta está copresidida por el consejero murciano de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, José Ballesta, y el delegado del Gobierno, Rafael González, y compuesta además por un representante de la Administración General del Estado, otro de la Administración autonómica y otro del Ayuntamiento de Lorca. A la reunión también ha asistido la directora general de Protección Civil y Emergencias (Ministerio del Interior), Pilar Gallego Berruezo.
Esta Comisión se encarga de la valoración, determinación y cuantía de las ayudas concedidas a particulares, en virtud de las solicitudes presentadas, por arrendamiento, reconstrucción, rehabilitación o reparación de viviendas que constituyan el domicilio habitual de los afectados por los terremotos y reposición de enseres.
El citado real decreto-ley señala también que la Comisión, atendiendo a criterios de equidad, tras valorar los gastos y los daños acreditados de cada solicitante, elevará al órgano competente para resolver una propuesta individualizada motivada en relación con la ayuda que se solicita, así como la cuantía que deba concederse en caso de propuesta favorable. La Comisión Mixta, que se reunirá con la periodicidad necesaria para conseguir dicho fin, podrá recabar del Consorcio de Compensación de Seguros la información sobre la valoración de daños que hubiera realizado y la cuantía de las indemnizaciones abonadas.
Asimismo, determinará en sus resoluciones el plazo máximo de ejecución de las obras a que se destinan las ayudas propuestas. En las de reconstrucción o rehabilitación de viviendas es de 24 meses, mientras que en las de reparación de daños es de 12, si bien ambos plazos son ampliables por causas excepcionales.
En la reunión de la Comisión Mixta también se ha recordado el contenido del real decreto ley 6/2001, que establece diversos tipos de ayudas, como las de carácter excepcional por fallecimiento de personas.
Sobre las ayudas a personas cuyas viviendas resultaron afectadas, ya se ha iniciado la tramitación de más de 3.200 solicitudes y recordó que los interesados pueden acudir a dos puntos de asesoramiento situados en el Centro Cultural de la Ciudad y en el Centro de Desarrollo Local, que funcionan de lunes a sábado, en horario de 09.00 a 20.00 horas, para los que se puede pedir cita previa en el teléfono gratuito 900 117 816.
AYUDAS PARA EL ALQUILER
Otras ayudas son para alquiler de viviendas (con una cuantía máxima de 6.671,7 euros al año y un plazo tope de 24 meses, si bien éste podría ampliarse), así como para reposición de enseres de primera necesidad (máximo de 2.580 euros) y para reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas (máximo de 106.000 euros).
Estas ayudas están financiadas al 50 por ciento por las administraciones estatal y autonómica y en su concesión se tendrá en cuenta las indemnizaciones que sus titulares hayan podido recibir por la existencia de pólizas de aseguramiento.
La pasada semana, los ministros de Fomento y de Interior se desplazaron a la Región para firmar los convenios de colaboración para la aplicación de dichas ayudas.
El real decreto-ley también señala que el Gobierno de España costeará en su totalidad los gastos de emergencia en que haya incurrido el Ayuntamiento de Lorca y que estén derivados de actuaciones imprescindibles para garantizar la vida y la seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales, así como los ocasionados por la prestación personal o de bienes y servicios las personas físicas o jurídicas que hayan sido requeridas por la autoridad con motivo de la situación de emergencia.
En cuanto a los proyectos que ejecute el Ayuntamiento de Lorca, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, el Estado podrá concederles una subvención del 50 por ciento de su coste.
También se señala en el real decreto-ley que el Ayuntamiento de Lorca será compensado por la disminución de ingresos que tenga por la medida incluida en aquél de beneficios fiscales relativos al IBI y al IAE.

Mostrar comentarios