Madrid. El colegio profesional de fisioterapeutas, uno de los primeros en adaptarse a la ley ómnibus


El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid (Cpfcm) ha sido una de las primeras instituciones colegiales en adaptar su marco estatutario a los requerimientos de las últimas normativas aplicables, según informó hoy a través de un comunicado.
Este nuevo texto, vigente desde este mes de septiembre tras ser publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, fue aprobado por unanimidad en Junta General Extraordinaria el pasado mes de abril.
La Ley Ómnibus es una de estas recientes normativas de obligada aplicación y establece que los colegios profesionales deben atender las quejas y reclamaciones de los consumidores referidas a la actividad colegial o a sus profesionales colegiados, por vía electrónica, y poner a disposición del ciudadano el registro de colegiados de manera actualizada con el nombre, apellidos, número de colegiación, títulos oficiales, situación de habilitación profesional, entre otros datos que garantizan la profesionalidad de su servicio.
Además, exige la creación de una 'ventanilla única' donde los profesionales puedan realizar ciertos trámites de manera telemática. El Cpfcm ofrece ambos servicios desde diciembre de 2009, a través de su página institucional www.cfisiomad.org, basada en el cumplimiento de las Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web 1.0 establecidas por el W3C, pero ha querido reflejarlos en su marco estatutario.
NUEVOS ESTATUTOS
Regido por el principio de transparencia, el nuevo texto recoge, además, la obligación de elaborar una memoria anual que refleje todos los movimientos de la institución, como el importe de la cuotas aplicables, la estadística de quejas y reclamaciones, los cambios del código deontológico, etc.
Asimismo, incorpora la definición de 'acto fisioterápico', para hacer más comprensible de cara a la ciudadanía la descripción de los distintos ámbitos profesionales que abarca la fisioterapia y recordarle que esta disciplina abarca tratamientos como la osteopatía, quiropráxia, etc, pero que es imprescindible, por la seguridad del paciente, que quien los ejerza tenga además una formación sanitaria reglada.
Introduce también, la nueva figura del 'colegiado jubilado'; agiliza la figura del instructor en un proceso sancionador; y define de una manera más pormenorizada cómo desarrollar el acto electoral. Por último, establece un marco regulador del funcionamiento de la Comisión de Recursos en base al texto aprobado por la Junta General de diciembre del 2010.

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