Madrid flexibiliza los permisos a bares y restaurantes para instalar una terraza


La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este jueves la elaboración de una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración que amplía el tipo de establecimientos que podrán instalar terrazas en la capital de España.
La nueva normativa incluye, entre otros, los hoteles y aquellos otros con una actividad de hostelería como uso asociado (teatros, academias, tiendas, museos, gimnasios...) y excluye a las terrazas en suelo privado de uso privado, situadas en el interior de centros comerciales, azoteas u otros espacios, que se regularán por la normativa urbanística.
Otra novedad con respecto a la normativa anterior es que se suprime los módulos de velador para determinar la superficie de la terraza, de forma que ésta se fijará por el número de metros cuadrados ocupados, con independencia del mobiliario instalado y se flexibiliza el régimen de distancias, estableciendo una mínima de paso de 2,50 metros y una ocupación máxima del 50% del espacio
En cuanto al mobiliario no se limita el tipo, permitiéndose instalar mesas altas, bancos, aparatos de climatización que cumplan con la normativa correspondiente y también se autoriza a anclar ciertos elementos que delimiten o acondicionen la terraza. Asimismo y con carácter excepcional, será posible adosar la terraza a la fachada del establecimiento.
Por último, se tipifican las infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa, con multas que irán de los 750 a los 1.500 euros, pudiendo llegar a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado.

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