Sanciones por su uso

Las multas por tirar fuegos artificiales en Nochevieja sin licencia: 600.000€

Aunque no existe una norma específica que regule el uso de los petardos y fuegos artificiales, cada año son más ayuntamientos los que imponen restricciones para velar por la seguridad de personas y animales.

Los menores de 18 años no podrán utilizar pirotecnia de nivel F3.
Los menores de 18 años no podrán utilizar pirotecnia de nivel F3.
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Se acerca el último del año y pronto empezarán las celebraciones. Mucha gente disfruta de los espectáculos de luces y fuegos artificiales, así que no es raro que tantos decidan comprar sus propios petardos o productos pirotécnicos para dar la bienvenida al 2023 y poner un poco de luz en la noche del 31 de diciembre. 

Pese a querer disfrutar de los petardos y los fuegos artificiales, hay que tener mucho cuidado, ya que además de poder sufrir daños o provocarlos, podríamos acabar recibiendo una sustanciosa multa. En el caso de, por ejemplo, hacerlo en Punta Umbría, Huelva, la sanción puede llegar a superar los 90.000 euros. 

No existe una regulación del uso de petardos y fuegos artificiales generalizada a nivel estatal. El Real Decreto 989/2015 que regula la venta y uso de los artículos pirotécnicos hace alusión a las condiciones de venta y a las limitaciones de edad según la peligrosidad del producto. Con ordenanzas municipales y regulaciones autonómicas, cada localidad y región se encarga de determinar los horarios de uso o, incluso, de prohibir encender fuegos artificiales, asociando a las infracciones tipificadas en las normas municipales las correspondientes sanciones.

Multas por usar fuegos artificiales en diferentes localidades

Por ejemplo, este año el Ayuntamiento de Punta Umbría ha dictado un bando en el que prohíbe la venta y el lanzamiento de productos pirotécnicos en el municipio, salvo a profesionales en la materia. Así, cualquiera que use fuegos artificiales sin la debida autorización y formación se enfrentará a multas de entre 100 y 90.151 euros.

En la misma línea, el Ayuntamiento de Cáceres ha prohibido el uso, de cara a las fechas navideñas, de petardos y fuegos artificiales sin permiso municipal. Las sanciones por explotarlos sin la debida autorización van de los 750 a los 1.500 euros. Igualmente, se incautarán estos artículos a los establecimientos que los vendan sin tener el permiso para ello.

El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ha sido más tajante y prohíbe encender petardos o fuegos de artificio en cualquier espacio público del término municipal, con sanciones de hasta 3.000 euros. Igualmente, queda prohibida la venta de material pirotécnico en comercios y kioscos.

En otras localidades sí que está permitido el uso, atendiendo a los criterios establecidos en el Real Decreto según la peligrosidad y la edad del usuario, pero se restringe su detonación en ciertos horarios (de 03:00 a 11:00 y entre 15:00 y 18:00 en Sevilla), limita la distancia a las zonas residenciales (en Málaga, por ejemplo) o directamente los prohíbe, como en Córdoba, donde las sanciones pueden alcanzar los 600.000 euros si la conducta es tipificada como muy grave.

A partir de qué edad se pueden usar fuegos y petardos

Las restricciones de uso de material pirotécnico por edad se establecen según la peligrosidad del petardo o fuego: 

  • La pirotecnia de baja peligrosidad, F1, es adecuada para mayores de 12 años. 
  • La categoría F2 se puede usar a partir de los 16 años. 
  • La de peligrosidad media, para su uso en grandes espacios abiertos, categoría F3, es para mayores de 18 años. 

Los ayuntamientos pueden modificar estos límites si lo consideran, aunque por lo visto no está siendo la tendencia generalizada de los municipios según se ve en las recientes prohibiciones de uso. Y es que, además de que limitando la utilización de petardos y fuegos artificiales en manos no expertas reduce los índices de accidente, la detonación de los mismos altera al mismo tiempo a los animales de compañía que viven en las ciudades.

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