NCG Banco deberá reintegrar 30.000? a un matrimonio afectado por preferentes

  • El juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Cambados (Pontevedra) ha condenado a Novagalicia Banco a reintegrar 30.000 euros a un matrimonio por la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.

A Coruña, 30 abr.- El juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Cambados (Pontevedra) ha condenado a Novagalicia Banco a reintegrar 30.000 euros a un matrimonio por la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.

El titular de este juzgado, Juan Manuel Hermo, es el primer magistrado que aplica el artículo 1.306 del Código Civil y obliga al banco a reintegrar el principal y que el cliente no devuelva los intereses recibidos.

La sentencia, fechada el 29 de abril de 2013, considera que existe nulidad de pleno derecho del contrato de adquisición de participaciones preferentes suscrito por los demandantes por "inadecuada, falsa e insuficiente" información por parte de la entidad financiera.

Así, la sentencia establece que la única relación jurídica entre las partes de este procedimiento es la de un depósito a plazo fijo, ya extinguido, y considera nula cualquier inversión con los fondos aportados a la citada cuenta, por lo que los demandantes no deberán reintegrar cantidad alguna por las prestaciones recibidas durante el tiempo de vigencia del contrato.

Mostrar comentarios