Contrato de alquiler

¿Quién paga la instalación de la alarma en un piso o casa de alquiler?

Los costes de instalar una alarma en un piso de alquiler, ¿quién los cubre el inquilino o el propietario? Respondemos a esta pregunta a las puertas del mes donde los españoles más temen los robos en domicilio. 

Sirena de policía
Sirena de policía
Foto de cottonbro studio / Pexels

Los robos en casa son un problema que preocupa a los españoles, sobre todo en estas fechas. Durante el mes de agosto se registran más de la cuarta parte de los asaltos a domicilios del año según datos de las agencias de alarma en España. Es uno de los meses en que la demanda por instalar una alarma en casa crece pero, si no eres el dueño de la vivienda y vives de alquiler, surge la pregunta de si es posible instalar una alarma en un piso alquilado y quién se hace cargo de los gastos. En el caso de una vivienda alquilada, la instalación de una alarma requiere considerar diversos factores legales y ponerse de acuerdo entre las partes involucradas: el inquilino y el propietario. Veamos a continuación los aspectos principales a tener en cuenta.

¿Puedo poner una alarma en mi piso si vivo de alquiler?

Antes de tomar cualquier decisión para instalar una alarma es fundamental consultar el contrato de arrendamiento. En algunas ocasiones, el contrato puede especificar si está permitida o no la instalación de alarmas. En caso de que no se mencione en el contrato, lo recomendable es comunicarse con el propietario o la agencia inmobiliaria para solicitar autorización previa.

¿Quién es el responsable de pagar la instalación de una alarma en un piso?

En cuanto a los gastos, lo más común es que la instalación y los costes asociados sean responsabilidad del inquilino. Sin embargo, esto puede variar dependiendo de las condiciones establecidas en el contrato de arrendamiento. Es importante revisar detenidamente el contrato y, si no se especifica claramente, llegar a un acuerdo con el propietario sobre quién cubrirá los gastos.

Alarmas inalámbricas y portátiles

Una alternativa a considerar en pisos de alquiler son las alarmas inalámbricas y portátiles. Estos sistemas no requieren de instalación permanente y no dañan la estructura del inmueble. Al ser portátiles, pueden ser trasladados fácilmente al finalizar el contrato de arrendamiento, sin dejar rastros ni generar problemas con el propietario.

Restauración del inmueble

Es importante tener en cuenta que, al finalizar el contrato de arrendamiento, es responsabilidad del inquilino restaurar el inmueble en su estado original. Esto implica retirar cualquier sistema de alarma instalado en un piso y reparar los posibles daños causados durante la instalación.

​¿Cuál es la mejor alarma para contratar en un piso de alquiler?

Sin duda, entre tanta oferta de sistemas de seguridad y alarmas, lo mejor en estos casos es aquella que te permita cierta flexibilidad y pocos compromisos. En este punto, las alarmas sin cuotas son la mejor opción. La mayor ventaja de estas alarmas es su precio mensual. Este tipo de sistemas nos permiten ahorrar mucho dinero ya que no hay un contrato de servicio de seguridad mensual con la empresa. Lo que significa que no hay tarifas de instalación o mantenimiento. Además, el usuario no está obligado por ningún contrato indefinido, lo que le permite desistir en cualquier momento e incluso trasladarlo a un nuevo domicilio al cambiar de lugar de residencia.

Ventajas de las alarmas sin cuotas:

Por último, merece la pena saber cómo proceder acerca de los gastos de reparación de una alarma en un piso. Si la alarma es contratada por el arrendatario, es responsabilidad del arrendatario hacer frente a las posibles averías y reparaciones. Pero si la alarma ya estaba instalada en la vivienda cuando se firmó el contrato de arrendamiento, y la avería es menor o está relacionada con un mal uso, también debe asumir el coste. Por otro lado, si se trata de una reparación mayor o si el sistema se ha deteriorado con el tiempo, el coste debe correr a cargo del casero. Por supuesto, también puede optar por llegar a un acuerdo entre las dos partes para compartir el gasto.

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