Ratificada sentencia que anula un crédito por considerar abusivo el interés

  • La Audiencia de Tarragona ha ratificado la sentencia del Juzgado número 1 de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula de un crédito firmado entre un particular y una entidad financiera al considerar abusivo un interés de demora de un 20 % y lo ha fijado en un 2,5 %.

Tarragona, 21 ago.- La Audiencia de Tarragona ha ratificado la sentencia del Juzgado número 1 de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula de un crédito firmado entre un particular y una entidad financiera al considerar abusivo un interés de demora de un 20 % y lo ha fijado en un 2,5 %.

Finanzia de Crédito, S.A. prestó más de 40.000 euros a un cliente en 2007, a devolver en 60 cuotas con un interés anual del 7 % y, además, un interés anual de demora del 20 %.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la cláusula por la que se fija en un 20 % el interés de demora es una sanción desproporcionada y la anula de oficio al aplicar el principio de defensa del consumidor.

La Audiencia de Tarragona ratifica la decisión del juzgado número 1 del Vendrell, que sentenció que el cliente de la entidad financiera debía pagar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, aplicando el principio general de defensa del consumidor.

Así, el magistrado dictamina que los contratos bancarios con consumidores (con los que el dinero no se destina a "operaciones mercantiles", según la sentencia) pueden tratarse como contratos civiles y en consecuencia, "una cláusula que autocalifique el contrato como mercantil no es abusiva, sino nula por contraria a ley".

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