Relación de productos, bienes y servicios sujetos al IVA

  • El próximo 1 de septiembre entra en vigor la subida de los tipos del IVA y el cambio de algunos productos de base imponible superreducida y reducida a general.

Madrid, 26 ago.- El próximo 1 de septiembre entra en vigor la subida de los tipos del IVA y el cambio de algunos productos de base imponible superreducida y reducida a general.

La relación de productos, bienes y servicios es la siguiente:

TIPO GENERAL (pasa del 18 al 21 %)

- Tabaco y bebidas alcohólicas.

- Cosméticos.

- Locales de negocio.

- Edificaciones destinadas a su demolición.

- Cesiones de uso y disfrute y el arrendamiento de bienes.

- Entradas a corridas de toros.

Además hay algunos productos, bienes y servicios que pasan del superreducido o reducido al general.

---PASAN DEL 8 al 21 %

- Flores, plantas vivas de carácter ornamental

- Entregas de bienes relacionadas con su actividad por empresas funerarias.

- Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

- Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor o empresarios no revendedores con derecho a deducir.

- Servicios mixtos de hostelería, espectáculos o discotecas.

- Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a productores de cine y organizadores de teatro.

- La entrada a teatros, cines, espectáculos, conciertos o zoológicos.

- Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte.

- Servicios funerarios.

- Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.

- Servicios de peluquería.

- Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.

---PASA DEL 4 al 21 %

- Los objetos que por sus características sólo pueden utilizarse como material escolar.

TIPO REDUCIDO (pasa del 8 al 10 %)

- Compresas, tampones y protegeslips.

- Sustancias o productos susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal.

- Semillas y materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproducción de animales o vegetales; fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de su recolección.

- Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido.

- Medicamentos para uso animal, así como las sustancias susceptibles de ser utilizadas en su obtención.

- Aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas de los humanos o de los animales.

- Productos sanitarios, material, equipos o instrumental propios de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, tanto humanas como animales.

- Semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal utilizados en la obtención de flores y plantas vivas.

- Transporte de viajeros y sus equipajes.

- Servicios de hostelería, acampamiento y balneario, restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.

- Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.

- Recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos, limpieza de alcantarillados públicos y su desratización y recogida o tratamiento de aguas residuales.

- Exposiciones y ferias de carácter comercial.

- La entrada a bibliotecas, archivos, museos o galerías de arte.

- Los arrendamientos con opción de compra de viviendas, incluidas un máximo de dos plazas de garaje, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.

TIPO SUPERREDUCIDO DEL 4 % (no se modifica)

- Pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado.

- Harinas panificables.

- Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.

- Quesos.

- Huevos.

- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.

- Libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único (cintas magnetofónicas, discos, vídeos).

- Medicamentos para humanos y las sustancias y productos necesarios para su obtención.

- Prótesis e implantes internos para personas con minusvalía.

- Reparación de sillas de ruedas.

- Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas dos plazas de garaje.

Mostrar comentarios