Tarjetas. La audiencia nacional rechaza el recurso de rato contra la fianza de tres millones de euros


La Sala Tercera de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Rodrigo Rato contra el auto del pasado 16 de octubre de 2014 que fijaba para él una fianza de tres millones de euros, que el expresidente de Caja Madrid ya depositó en el juzgado gracias a un aval del Banco Sabadell.
El auto dictado por la Sala insiste en “la existencia de unas tarjetas a modo de retribución opaca a consejeros y altos cargos de Caja Madrid, sin una habilitación legal de los órganos directivos para tal retribución y no amparadas por gastos de representación, ni otros similares, como así se desprende de las actas del Consejo de Administración”.
Entiende la Sala que el uso de esas “tarjetas opacas” se hizo “al margen de cualquier atisbo de legalidad, y lo que es más importante, de espaldas a cualquier tipo de fiscalización que pudiera acreditar su adecuada utilización, tanto en cuanto a las cifras de gasto como al objeto de los mismos”.
El auto insiste en que si las tarjetas tuvieran como finalidad ese complemento retributivo que les atribuye el recurrente, “deberían haber sido contabilizadas como tales, sobre la base de un acuerdo previo de los órganos directivos, lo que no ha sido así”.
La Sala reitera que los gastos de los consejeros “ni operan ni pueden operar al margen de la legalidad” y señala que la imposición de la medida cautelar de la fianza cumple los requisitos para ser impuesta.
“La imposición de la fianza en el caso que nos ocupa, y en la fase procesal en la que nos encontramos, en absoluto puede calificarse de prematura”, puesto que hay “indicios de criminalidad” y es necesario asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias en las que pueda incurrir Rato.

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