Afecta a 40 entidades

La abogada del TJUE avala las demandas colectivas por cláusulas suelo hipotecarias

Asegura que se puede resolver el control de transparencia en una acción colectiva de los préstamos hipotecarios y que excluirla sería "incompatible" con la protección de los consumidores. 

Tribunal Superior de Justicia de la UE
La abogada del TJUE avala las demandas colectivas por cláusulas suelo hipotecarias. 
EFE

La Abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Laila Medina, ha respaldado este jueves la macrodemanda impulsada por la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorros (Adicae) contra un centenar de bancos que desempeñan su actividad en España por las cláusulas suelo. En concreto, señala que la "transparencia de las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo hipotecario puede ser examinada en el marco de una acción colectiva, incluso en el caso de una acción dirigida contra más de un centenar de instituciones financieras españolas". 

Con ello, Medina avala las demandas colectivas por cláusulas suelo en hipotecas. Las opiniones de abogado general no son vinculantes para el tribunal europeo, que dictará sentencia más adelante, pese a que en la mayoría de los casos estas conclusiones suelen coincidir con el fallo definitivo. "El control judicial de transparencia en los procedimientos colectivos es adecuado y posible. Sólo debe adaptarse a las características específicas de las acciones colectivas, como su nivel de abstracción, y centrarse en la práctica contractual y pre-contractual estándar del profesional frente al consumidor medio", señala.

La abogada general Medina añade "que es posible llevar a cabo dicho control judicial cuando el procedimiento se dirige contra un número considerable de entidades financieras y afecta a numerosos contratos", siempre que se cumplan varios requisitos. Entre ellos está pertenecer al mismo sector económico, que las cláusulas del contrato sean similares y se garantice el derecho de cada entidad a la tutela judicial efectiva. Así, asevera que incumbe al Tribunal Supremo determinar si existe un grado de semejanza "suficiente" para permitir que salga adelante la acción colectiva. 

"Puede tener en cuenta que los profesionales son todos entidades bancarias y que las cláusulas controvertidas son cláusulas suelo tipo incluidas en contratos hipotecarios y cuyo efecto es excluir la variabilidad del tipo de interés por debajo de un determinado nivel", señala la abogada para destacar que todos estos elementos constituyen un "fuerte indicio de similitud suficiente". Adicae presentó en 2010 una acción colectiva contra más de 40 entidades bancarias para solicitar el reembolso de las cantidades abonadas a un total de 820 consumidores.

En 2013 el Tribunal Supremo confirmó el carácter abusivo de estas cláusulas suelo debido a la falta de transparencia, aunque limitó los efectos de esta sentencia a la fecha de publicación de la misma, por lo que solamente podían ser restituidas las cantidades abonadas indebidamente sobre la base de dichas cláusulas con posterioridad al 9 de mayo de 2013. Sin embargo, el TJUE señaló a finales de 2021 que la jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el derecho de la Unión Europea. El Supremo tenía que pronunciarse sobre este asunto en 2022, pero finalmente decidió elevar el asunto al TJUE. 

Desde Adicae ven como un "gran triunfo" el pronunciamiento, aunque lamentan que tengan que seguir esperando hasta el fallo definitivo. Estiman que el TJUE dará su veredicto en tres o cuatro meses o antes de cerrar los juzgados en agosto. Posteriormente pasaría al Tribunal Supremo, por lo que el proceso puede alargarse en el tiempo. En todo caso, recuerdan que los consumidores tienen derecho a percibir lo pagado de más, importe al que se deben añadir los intereses de demora. 

Mostrar comentarios