UPyD pide que las rentas prescritas de la amnistía también tributen al 10 %

  • UPyD ha presentado un proposición no de ley en la que pide que los contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal tributen "como mínimo" el 10 % del total aflorado y no el 3 % que fue finalmente el tipo medio de esta medida, debido a que fueron excluidas las rentas prescritas.

Madrid, 12 abr.- UPyD ha presentado un proposición no de ley en la que pide que los contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal tributen "como mínimo" el 10 % del total aflorado y no el 3 % que fue finalmente el tipo medio de esta medida, debido a que fueron excluidas las rentas prescritas.

Esta es una de las propuestas de UPyD presentadas hoy por su diputado Álvaro Anchuelo en el Congreso, que se basa en el hecho de que esa tributación del 10 % fue la que se aprobó en la Cámara Baja, aunque posteriormente fue rebajada "por disposiciones legales de menor rango".

El Gobierno explicó que el tipo medio fue inferior al 10 % porque hubo rentas ya prescritas que no se sometieron a gravamen.

Asimismo, UPyD pide que el Plan de Control Tributario incluya como prioridad la comprobación de los contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal.

Otra proposición no de ley insta a que se establezca un recargo del 3 % durante 10 años prorrogables sobre el tipo de gravamen del impuesto de sociedades aplicable a los bancos y entidades de crédito.

Además, UPyD propone que se permita sin distinción de edad la capitalización de la prestación por desempleo hasta el máximo del 100 % siempre que los beneficiarios se constituyan como trabajadores autónomos.

Dentro de la lucha contra el fraude fiscal, ofrece una serie de medidas relativas a incrementar la concienciación social y a aumentar el plazo de prescripción de 4 a 5 años igualándolo con el delito penal.

Por último, otra proposición no de ley defiende que el impuesto de patrimonio se integre en el IRPF para que todo el peso no recaiga sólo en las rentas del trabajo.

Lo que propone es que sobre cualquier elemento patrimonial se compute una renta mínima del 3 % de su valor y que sobre esa base se aplique un tipo impositivo progresivo con un máximo del 30 %.

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