Vivienda. El congreso rechaza las enmiendas de totalidad a la reforma del alquiler


El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó este jueves las enmiendas de totalidad presentadas al proyecto de ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Los diputados votaron en contra de las tres enmiendas para que el texto fuera devuelto, presentadas por PSOE, La Izquierda Plural y el BNG.
En concreto, 189 diputados votaron en contra de las enmiendas de totalidad, 120 a favor y hubo 16 abstenciones.
La ministra de Fomento, Ana Pastor, fue la encargada de defender el texto, y señaló que con la reforma del mercado del alquiler que ha impulsado el Gobierno "va a haber sin duda una mayor oferta de vivienda", y como consecuencia de ello "una disminución del precio", algo que es "muy necesario".
La responsable de Fomento señaló que el objetivo de la norma es "flexibilizar y dinamizar" el mercado del alquiler, y que ello traerá "consecuencias positivas para todos".
DEFENSA ENMIENDAS
El portavoz del PSOE en el debate, Rafael Simancas, defendió la enmienda de totalidad de su grupo, puso en duda la efectividad que tendrá la propuesta del Gobierno y agregó que no se mejoran ni los derechos de los propietarios ni de los inquilinos. Además, Simancas aseguró que con esta reforma en vigor se incrementarán los desahucios.
Por su parte, para la diputada de La Izquierda Plural Ascensión de las Heras, el acceso a la vivienda no puede estar regido por las reglas del mercado.
Desde el BNG, la diputada Rosana Pérez indicó que la propuesta del Gobierno no supone un acceso efectivo a la vivienda, y denunció que favorece a grandes empresas propietarias de viviendas.
CONTENIDO REFORMA
La propuesta del Ministerio de Fomento recoge, entre otras medidas, que la actualización de la renta no tenga que estar ligada al IPC.
El Gobierno aboga también por flexibilizar la duración de los contratos, y el plazo de prórroga obligatoria se reduce de cinco a tres años, y el de prórroga tácita de tres a uno.
Por otra parte, y con independencia de la duración del contrato, el inquilino podrá desistir del contrato siempre que lo comunique con un mes de antelación.
También se garantiza que el propietario pueda recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento ni hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que la necesite para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad matrimonial.

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