La Audiencia rechaza suspender de forma cautelar la venta del Popular

  • La Sala de lo Contencioso recuerda que la decisión fue del Banco Central Europeo por lo que los recursos deben presentarse en el tribunal de la UE
Popular recuperó casi 4.000 millones en depósitos en un mes tras su adquisición por Santander
Popular recuperó casi 4.000 millones en depósitos en un mes tras su adquisición por Santander
EUROPA PRESS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no suspenderá la venta del Popular al Santander. La sección quinta de ese tribunal ha estudiado los recursos de varios damnificados contra esa operación ordenada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) el pasado 7 de junio. Sus magistrados han rechazado su pretensión de que esa venta se suspenda cautelarmente mientras se estudia el fondo del asunto. ¿La razón? La decisión del FROB dimana de la Junta Única de Resolución (JUR) del Banco Central Europeo, así que esas reclamaciones deben presentarse en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo.

Los recursos solicitaban que, antes de entrar en el fondo de asunto, los magistrados suspendieran los efectos de la resolución en la que se aprobó la venta del banco. También reclamaban que se anotara de forma preventiva la interposición de esas reclamaciones judiciales en el Registro Mercantil. Pero ambas solicitudes han sido rechazadas.

La Sala considera que ha sido la JUR y no el FROB quien, durante la crisis del Popular, ha valorado las graves dificultades en las que se encontraba la entidad, la inexistencia de perspectivas razonables de que otras medidas pudieran impedir su inviabilidad en un plazo razonable así como la necesidad de adoptar esa decisión -su adquisición por el Santander- para la defensa del interés público.

Por ello, según la resolución, "la paralización pretendida, incluso si se tratara de la misma venta, dejaría sin efecto la decisión de la JUR y mantendría unas circunstancias que los organismos europeos han considerado que hacen inviable la entidad y conllevan un riesgo para el interés público".

El tribunal admite que la intervención y venta del Popular pudieron generar perjuicios "si no de imposible, sí de muy difícil reparación, pero tales perjuicios (...) son imputables directamente a la decisión de la JUR, que es la que ha decidido la venta", prosiguen los magistrados. El papel del FROB, según la resolución, fue "meramente instrumental" por lo que esas pretensiones deben presentarse en la justicia europea.

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