11 respuestas (algunas preocupantes) sobre el estado de la libertad de expresión en España

    • La libertad de expresión se deteriora en España, como demuestra el último informe publicado por la Fundación Ciudadanía y Valores.
    • Cinco expertos en el sector de la comunicación contestan a once preguntas clave que miden el estado de este derecho en nuestro país.
Justino Sinova, director del observatorio de la Libertad de Expresión de la Fundación Ciudadanía y Valores
Justino Sinova, director del observatorio de la Libertad de Expresión de la Fundación Ciudadanía y Valores

¿Está regulado adecuadamente el ejercicio de la libertad de expresión? ¿Son correctos los límites en las leyes? ¿Respeta el poder político la libre actuación de periodistas y medios? ¿Está protegido el trabajo de los periodistas?

Son algunas de las preguntas que cinco expertos profesionales y académicos del periodismo han valorado y contestado en un informe publicado por la Fundación Ciudadanía y Valores (Funciva).

(Te interesa leer: La libertad de expresión se deteriora en España por culpa del poder político)

Justino Sinova, periodista, catedrático emérito del CEU y director del Observatorio de la Libertad de Expresión de Funciva, destaca que "la nota resultante (7,3) es ligeramente inferior a la otorgada en el Informe del año anterior (7,21); a ello ha contribuido la inclusión de una pregunta sobre el uso que de esta libertad hacen medios y periodistas". En opinión de Sinova, este hecho "invita a reflexionar sobre la responsabilidad de quienes poseen o adquieren temporalmente notoriedad en el espacio público".

A Justino Sinova le han acompañado en la elaboración del informe otros expertos como Elviro Aranda Álvarez, profesor Titular en la Universidad Carlos III en el área de Derecho Constitucional; Ignacio Bel, doctor en Comunicación y profesor de derecho de la Información en la Universidad Complutense; Ángel García Castillejo, abogado y doctor en Derecho y en Ciencias de la Información; Javier Fernández del Moral, catedrático de periodismo especializado en la Universidad Complutense y Rodrigo Gutiérrez, periodista y director de la consultora de comunicación Camba Comunicación.

A continuación, exponemos las 11 preguntas del informe y las respuestas con la nota obtenida en cada una de ellas.1. ¿Está regulada adecuadamente en la Constitución el ejercicio de la libertad de expresión?

Sí. La constitución reconoce y protege de forma muy positiva el derecho a la información y a la expresión de las ideas, y cualquier libertad relacionada con la comunicación.

Nota 2013: 9.22. ¿Los límites establecidos en las leyes están basados en la protección de los derechos fundamentales de la persona y se llevan a la práctica de modo satisfactorio?

Sí. La Constitución y las leyes que la desarrollan implantan los límites imprescindibles para que los derechos personales no sean lesionados gratuitamente. La lentitud de actuación de la Justicia no se ha corregido y continúa siendo un inconveniente para que la protección sea completamente eficaz en la vida práctica.

Nota 2013: 7,83
Nota 2012: 7,33. ¿Hay límites a la libertad de expresión que se sustentan en razones políticas de oportunidad?

Sí. Se mantienen los límites establecidos para la información electoral por televisión, pública y privada, que imponen reglas que favorecen a los partidos políticos y que privilegian a los que obtuvieron mejor resultado en las elecciones anteriores. Estas normas no rigen para los demás medios. La no celebración de elecciones en el periodo analizado puede ser la causa de que la calificación haya sido este año más alta que la anterior.

Nota 2013: 6,5
Nota 2012: 5,64. ¿La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo contribuye a fortalecer el derecho la libertad de expresión?

Sí. Continúa siendo muy abundante sobre el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen y sigue siendo deficiente por inconcreta sobre la verdad informativa. Las calificaciones de los expertos apuntan a una mejoría en este punto.

Nota 2013: 8,17
Nota 2012: 7,8

5. ¿Es completamente libre la creación de medios de comunicación o está sometido algunas restricciones?

Permanece el problema. No es completamente libre pues la creación de televisiones y radios en el espacio de las ondas hertzianas está condicionada a la obtención de la licencia que concede la Administración política. Contrasta este sistema con la total libertad de creación de medios escritos y remedios de cualquier tipo en Internet.

Nota 2013: 5,83
Nota 2012: 5,96. ¿Respeta plenamente el poder político la libre actuación de periodistas y medios?

Aquí se ha producido un retroceso. Generalmente, el poder político respeta la actuación de periodistas y medios, pero permanece una importante excepción que se concreta en las interferencias políticas en las televisiones públicas autonómicas, que son objeto de constante denuncia de algunos medios en el ámbito político. Contribuye a confirmar esta irregularidad el hecho de que casi todas las comunidades autónomas mantengan sus televisiones, que dominan y que asisten con presupuestos públicos. Pese a ser posible desde 2012 la enajenación de la televisión autonómica, en ninguna comunidad se ha realizado. Han sido frecuentes en los medios las noticias sobre la instrumentalización de la televisión autonómica catalana para potenciar el proyecto secesionista de la Generalitat.

Nota 2013: 5,83
Nota 2012: 6,87. ¿Reciben los medios de comunicación ayudas públicas, establecidas con los criterios objetivos y sometidas a información transparente?

Las ayudas públicas a nivel estatal son escasas pero las ayudas a nivel autonómico son abundantes. La información sobre las ayudas sigue siendo parcial y muy insuficiente. La publicidad de las ayudas, establecidas con criterios objetivos, es una asignatura pendiente de transparencia.

Nota 2013: 5,33
Nota 2012: 5,38. ¿Está convenientemente protegido el trabajo de los periodistas?

Otro capítulo en el que se ha producido un retroceso permisible. Frente a una protección jurídica del más alto rango al figurar en la Constitución dos garantías para el ejercicio profesional del periodismo como son la cláusula de conciencia y al secreto profesional de los entrenadores, se observan deterioro de las condiciones de trabajo de los periodistas, provocadas por la crisis económica y circunstancias anejas. A la pérdida de puestos de trabajo en los medios, con su influencia en su calidad general, se ha sumado la precariedad laboral en que tienen que desenvolverse muchos periodistas, circunstancia que, según denuncian, afecta su autonomía personal y al desarrollo de su trabajo profesional.

Nota 2013: 6,17
Nota 2012: 7,49. ¿Es libre el acceso y el uso de Internet, incluida la creación de páginas web?

Sí. Este es el punto mejor valorado, como en el informe anterior. La diferencia de valoración hay que atribuirla a simples razones técnicas.

Nota 2013: 9,5
Nota 2012: 9,910. ¿Está protegida por ley en la práctica la propiedad intelectual en Internet, con seguridad jurídica?

Sí, en la ley pero deficientemente en la práctica. Permanecen los problemas ya advertidos en el informe anterior. Los buenos propósitos de la ley no son correspondidos con eficacia por la Administración de justicia, cuya lentitud es contraproducente en un campo en el que la actividad se desarrolla con una inusitada rapidez. El descenso de la calificación evidencia que estos problemas prácticos no se han corregido.

Nota 2013: 6,33
Nota 2012: 6,911. ¿Los medios de comunicación y los periodistas hacen un uso adecuado del derecho a la información de la libre expresión?

Esta nueva cuestión no figuraba en el test del informe 2012. La calificación que tiene, por debajo de notable, evidencia que los autores del presente informe observan problemas funcionales. Junto a la responsabilidad mostrada por una mayoría de periodistas y medios, se observan casos de frivolidad y desconocimiento en el tratamiento de determinadas cuestiones, especialmente por personas ajenas al mundo profesional de la comunicación. No se puede obviar la responsabilidad de los directivos de los medios que contratan a tales personas. La profusión de demandas judiciales sobre la protección del honor, la intimidad y la propia imagen es un índice del uso incorrecto que se hace de la libertad de expresión en ciertos medios, notablemente en espacios de algunas televisiones.

Nota 2013: 6,67

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