LA CECA ADVIERTE DE QUE LA SENTENCIA SOBRE CLÁUSULAS SUELO "NO ES DE APLICACIÓN DIRECTA"

- Destaca que "no afecta a la solidez del mercado hipotecario" ni a la solvencia de las entidades. La CECA advirtió hoy, tras conocer la sentencia de Tribunal de Justicia de la UE que declara la retroactividad en la devolución de las cláusulas suelo, que "no es de aplicación directa".
En un comunicado, la organización explica que se está analizando el contenido de la sentencia, si bien se aprecia que la misma "se aparta de las conclusiones emitidas por el abogado general y la doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de mayo de 2013".
La CECA recuerda que ambos pronunciamientos determinaron que la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo "debía tener efectos limitados".
"Esta resolución no es de aplicación directa", añade la CECA, tras subrayar que su impacto en las entidades de crédito "se irá conociendo a medida que los juzgados y tribunales españoles, que tengan asuntos pendientes, analicen cómo se aplica en cada caso".
Además, la organización subraya que la sentencia se refiere a "un aspecto puntual" de la contratación bancaria, "por lo que no afecta a la solidez del mercado hipotecario español, ni a la solvencia de las entidades de crédito españolas".

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