(AMPLIACIÓN) EL CONCEJAL GUILLERMO ZAPATA, ABSUELTO DEL DELITO DE HUMILLACIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

La Audiencia Nacional ha absuelto al concejal de Madrid Guillermo Zapata del delito de humillación a las víctimas del terrorismo por el que fue juzgado el pasado día 7. La Sala entiende que los comentarios realizados en la red social Twitter sobre Irene Villa encajan dentro del humor macabro, pero no en el tipo penal de delito de humillación a las víctimas del terrorismo.
Los comentarios de Zapata, según indican los jueces en la sentencia, seguramente sean reprobables, pero “en otro plano distinto al de la legalidad penal”.
La asociación Dignidad y Justicia solicitaba para el concejal un año y ocho meses de prisión por el delito de humillación a las víctimas del terrorismo, tipificado en los artículos 578 y 579.2 del Código Penal, por un tuit que escribió en 2011, cuatro años antes de ser elegido concejal, en el que indicaba: ”Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcasser para que no vaya Irene Villa a por repuestos”.
En su sentencia, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal contextualiza ese comentario de Zapata en el marco de otros tuits en donde hablaba de distintos tipos de víctimas, como los judíos y la joven Marta del Castillo.
Según los jueces, más que humillar a las víctimas del terrorismo se trataba de debates “a modo de chistes macabros, utilizando la identidad de víctimas de hechos delictivos”.
La sentencia recuerda que la doctrina del Tribunal Supremo exige para que se dé el elemento objetivo de este delito que se produzcan actos que entrañen desprecio, descrédito o humillación de las víctimas del terrorismo y que en ningún caso encajarían dentro de la libertad de expresión; una situación que no concurre en este supuesto concreto, “pues se trata de una frase que enlaza a la víctima Irene Villa con otras infortunadas por hechos delictivos que terminaron con sus vidas, pero de lo que no se percibe el ánimo injurioso, ante la falta de continuidad, que nos situaría en el marco de un debate, que elimina el enfoque renovado de agravio que exige el tipo penal“ realización de actos, ”dado que el comentario que siguió nos sitúa ante las víctimas del holocausto”
Una vez descartado el presupuesto de ofensa a la dignidad de las víctimas del terrorismo, la Sala descarta ponderar entre libertad de expresión o la dignidad de la víctima, como sostenía la acusación representada por Dignidad y Justicia.
Los magistrados concluyen que los comentarios vertidos por Zapata seguramente “sean reprobables por la desafortunada selección de las víctimas de hechos delictivos que los protagonizan”, pero “ en otro plano, distinto al de la legalidad penal”.
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Zapata se sentó en el banquillo por un delito de humillación a las víctimas. La Fiscalía no le acusaba porque no veía delito y la propia Irene Villa aceptó las disculpas de edil.
En su declaración, Zapata reconoció que el comentario pudo "no ser gracioso, pero tiene formulación de chiste", y lo enmarcó en un debate sobre la libertad de expresión tras el despido de Nacho Vigalondo, que escribía un blog de cine en el diario `El País´, por haber puesto en duda la existencia del Holocausto.
Según dijo, "los chistes producen exageraciones. Los chistes de humor negro sitúan a personajes en una situación de mezcla de angustia e hilaridad. No pretendo que el chiste tuviera gracia, sino que lo sitúo en un determinado debate", explicó el acusado al tribunal.
La acusación, por su parte, pidió que se le condenara porque, a su entender, el tuit ofensivo no se puede amparar en la libertad de expresión ni dar cobijo al desprecio y a la humillación a las víctimas de ETA.
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Aunque el juez instructor, Santiago Pedraz, archivó la causa en tres ocasiones, la Sala Segunda de lo Penal ordenó reabrir el caso. La Fiscalía no apreció delito, pero Manos Limpias y la asociación Dignidad y Justicia, que ejercían la acusación popular, mantuvieron su acusación y pidieron 20 meses de cárcel para el edil.
Zapata fue juzgado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal. El tribunal estuvo presidido por el magistrado Alfonso Guevara y lo componían también Ángeles Barreiro y Antonio Delgado.
Zapata pidió disculpas por su “desafortunado comentario” y pidió perdón por el daño que pudiera haber causado tanto a Irene Villa como a la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).
La propia Irene Villa se dirigió a la Audiencia Nacional para indicar que no se sentía humillada por el comentario del concejal. También constó como prueba para el juicio la carta de la AVT en la que agradecía sus disculpas al concejal.
La decisión de reabrir el caso respondió a los recursos de apelación presentados por Manos Limpias y Dignidad y Justicia. La Sala ordenó que se decretara la apertura de juicio oral contra el concejal, aunque el auto incluía un voto particular del magistrado Ricardo de Prada, que entendía que la expresión vertida en Twitter no es constitutiva de delito.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz archivó por tercera vez las actuaciones contra Zapata el pasado 7 de marzo, al considerar que con sus polémicos tuits no tenía intención de humillar a las víctimas y que, por consiguiente, no se le podía atribuir ningún delito.
ESPEJEL Y LÓPEZ
La Sala de lo Penal, integrada por los magistrados Enrique López y Concepción Espejel, rechazó el criterio de Pedraz y ordenó la apertura de juicio oral.
El magistrado instructor argumentaba que los mensajes de Zapata, en los que hacía chistes de dudoso gusto sobre los judíos o la víctima de ETA Irene Villa, están dentro de los límites de la libertad de expresión.
"Se trata de palabras que no pueden, como tales, criminalizarse", decía el juez, que precisaba que esto solo sucede en "las dictaduras que criminalizan las palabras como si fueran hechos". El magistrado explicaba que en este tipo de regímenes "se puede procesar a la gente por lo que dice y no por lo que hace".
Asimismo, insistía en que el concejal publicó los polémicos tuits cuatro años antes de acceder al cargo en el Ayuntamiento de Madrid, cuando fueron "rescatados" para ser retuiteados ampliamente.
CRITERIO DE LA FISCALÍA
El pasado 22 de febrero, la Fiscalía de la Audiencia Nacional cambió de criterio y se opuso a sentar en el banquillo al concejal de Ahora Madrid después de que este pidiera perdón a Irene Villa en el juzgado y en varios medios de comunicación.
El caso se remonta al mes de junio de 2015, cuando Dignidad y Justicia presentó una querella contra Zapata por los tuits publicados en 2011. Asimismo, la Fiscalía reclamó en un principio a Pedraz que citara como imputado al edil por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.
El 3 de julio, Pedraz archivó por primera vez el caso después de que Irene Villa le remitiese un escrito en el que rechazaba haberse sentido "humillada" por el tuit.
Tres meses más tarde, el magistrado se vio obligado a reabrir el caso obligado por la Sala de lo Penal, que le conminó a citar a Zapata al entender que sus comentarios no solo ofendieron a Villa, sino "al colectivo de víctimas y a sus familias". Tras escuchar al regidor, Pedraz volvió a archivar la causa y en su auto consideró que "no es serio" imputarle un delito.

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