Alicia García afirma que el modelo 'En mi casa' en principio "no está en riesgo" a pesar de la sentencia del TSJCyL

  • La consejera de Familia e Igualdad, Alicia García, ha afirmado que el modelo 'En mi casa' en principio "no está en riesgo" a pesar de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que declara nulo el Decreto 2/2016 de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención de las personas mayores en la Comunidad publicado en el BOCyL de 5 de febrero de 2016, uno de los dos decretos que regula el modelo.
Alicia García afirma que el modelo 'En mi casa' en principio "no está en riesgo" a pesar de la sentencia del TSJCyL
Alicia García afirma que el modelo 'En mi casa' en principio "no está en riesgo" a pesar de la sentencia del TSJCyL
EUROPA PRESS
EUROPA PRESS

La consejera, tras la firma de un convenio con Cermi y Plena Inclusión, se ha referido así a la sentencia de la Sala Contencioso Administrativo que anula uno de los dos decretos que regulan el modelo 'En mi casa'.

García, quien ha aclarado que los servicios jurídicos de la Junta estudiarán la sentencia y se valorará si se recurre o no a nivel técnico, ha explicado que el decreto se aprobó en respuesta a una iniciativa parlamentaria aprobada por unanimidad que instaba a la Junta a que hiciera una regulación.

Asimismo, ha asegurado que, a pesar de la sentencia, el decreto se elaboró con el consenso de las entidades Lares (que agrupa a los centros y servicios de personas mayores sin ánimo de lucro) y Acalerte (Federación de Castilla y León de Residencias de la Tercera Edad), que representan al sector de los centros residenciales.

Además de haber sido consensuado aprobado en la Sección de Personas Mayores del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León, ha incidido en que cree que sí tenía memoria económica, a pesar de que en la sentencia se pone de manifiesto la "defectuosa calidad normativa al carecer de la imprescindible memoria económica".

La Sala anula el decreto, además, porque determinados preceptos adolecen de indefinición frente a la pormenorizada regulación contenida en el Decreto 147/2001--al que deroga el impugnado--sobre personal mínimo, personal técnico, número máximo de personas que podrán ser atendidas por cada profesional, etcétera.

Mostrar comentarios