CATALUÑA. EL TRIBUNAL DE CUENTAS NO EXIGIRÁ DE INMEDIATO A LOS PROMOTORES DEL 9-N QUE PAGUEN EL 25 DE SEPTIEMBRE

El Tribunal de Cuentas aseguró este miércoles que Artur Mas y los otros exconsejeros y funcionarios acusados de promover el referéndum del 9-N no deberán pagar de forma inmediata los 5 millones que se les exigen el próximo 25 de septiembre, cuando han sido citados dentro del procedimiento por malversar fondos para una consulta ilegal.
La institución que preside Ramón Álvarez de Miranda emitió este miércoles un comunicado para aclarar lo relativo a la citación de Mas y otras 10 personas en la causa por el uso de dinero público para celebrar el 9-N.
Esta citación fue dada a conocer este martes por la tarde por el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y por su vicepresidente, Oriol Junqueras, quienes aseguraron que el paso dado por el Tribunal de Cuentas era un “salto cualitativo” y un intento de meter “miedo” para que no se celebre el referéndum anunciado para el 1 de octubre.
En este sentido, la institución auditora asegura en su comunicado que con Mas y los otros 10 organizadores del 9-N se está siguiendo el procedimiento “habitual” en “los casos de alcance o malversación por daño a los fondos públicos según lo previsto en la Ley de Funcionamiento del Tribunal”.
CONVOVATORIA “ILEGAL”
Se añade que las citaciones de finales de este mes “tienen por objeto que dichos cargos y funcionarios pueden tener vista de la documentación existente en la instrucción y realizar alegaciones para la tutela efectiva de sus derechos de defensa hasta el día 25 de septiembre, en que está previsto el levantamiento del Acta de Liquidación Provisional” sobre el gasto del 9-N.
También se apunta que “en el caso de que el Acta de Liquidación Provisional sea positiva, una vez finalizada la instrucción y analizadas las alegaciones presentadas, es cuando se exigirá el depósito y afianzamiento de los daños perjudicados al erario público a los presuntamente responsables, sin perjuicio de lo que, posteriormente, se decida en el correspondiente procedimiento de reintegro por alcance”.
Además, el Tribunal se refiere a que “esta instrucción, que está impulsada mediante denuncia de actores públicos y posteriormente intervención del Ministerio Fiscal y Abogacía del Estado, ha de concretar las posibles responsabilidades contables que se pueden haber originado en la realización de los gastos de una convocatoria de participación declarada ilegal por el Tribunal Constitucional”.

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