El CGPJ y el Consejo de Procuradores acuerdan impulsar la mediación judicial

EUROPA PRESS

El texto del acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, entiende por mediación "aquel medio de resolución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador".

Recuerda también que la Ley de mediación de 2012 otorgó a los colegios profesionales la competencia de impulsar y desarrollar la mediación nacional e internacional y que en diciembre de dicho año el Consejo de Procuradores creó un servicio de mediación para impulsar este tipo de acuerdos "extrajudiciales" entre ciudadanos que de otro modo deben acudir a los juzgados.

A raíz de este acuerdo, el CGPJ y los procuradores se comprometen a impulsar la mediación en los órdenes civil, mercantil, contencioso-administrativo, laboral y penal "ofreciendo dicho instrumento a las partes en litigio en los procedimientos sometidos al conocimiento de los juzgados y tribunales".

IMPARCIALIDAD DE LOS MEDIADORES Estos programas de mediación se ajustarán a los principios másicos de mediación que la ley prevé para asuntos civiles y mercantiles, que son los de voluntariedad, igualdad de las partes, imparcialidad de los mediadores, neutralidad y confidencialidad.

Para ello, el CGPJ realizará las actuaciones necesarias para la coordinación de los diferentes proyectos de mediación con los juzgados, removerá "obstáculos para la colaboración institucional o corporativa" y recabará datos sobre los resultados de los proyectos que analizará y publicará anualmente en la web de la institución.

Por su parte, los procuradores se comprometen a garantizar que la mediación intrajudicial es conforme al protocolo que se diseñe en cada partido judicial y a garantizar que los equipos de mediación se compongan de profesionales preparados. Semestralmente remitirán los datos de que dispongan al CGPJ.

El convenio establece los motivos de incompatibilidad que obligan a renunciar al mediador, como tener vínculo de parentesco con alguna de las partes o haber intervenido profesionalmente con anterioridad en el asunto.

Los firmantes se comprometen a garantizar la total confidencialidad de los datos personales a los que tengan acceso y establecen además una comisión de seguimiento que estará integrada por dos representantes de cada una de las partes, y que se reunirá al menos una vez al año.

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