Condenado un médico a pagar 12.000 euros a una paciente por no informar en una operación de pecho

EUROPA PRESS

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europ Press, en la que el juez estima en parte la demanda interpuesta por la afectada, condenando a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 12.000 euros en concepto de indemnización.

A esa cantidad habría que sumar los intereses legales desde la interposición de la demanda, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

La afectada, a través del Despacho Abogados & Procuradores VALLES, solicitó una indemnización por daños operación médica de pechos, dado que no se le advirtió de que podría no lograr el efecto pretendido.

La sentencia recoge que en "la medicina llamada voluntaria la relación contractual médico-paciente deriva de contrato de obra, por el que una parte -el paciente- se obliga a pagar unos honorarios a la otra -médico- por la realización de una obra".

"La responsabilidad por incumplimiento o cumplimiento defectuoso se produce en la obligación de resultado en el momento en que no se ha producido éste o ha sido defectuoso. Si bien la nueva corriente jurisprudencial sostiene que la responsabilidad del profesional médico es de medios, y como tal no puede garantizar un resultado concreto", señala.

Además, destaca que "la obligación del médico es poner a disposición del paciente los medios adecuados, y, en particular, proporcionar al paciente la información necesaria que le permita consentir o rechazar una determinada intervención".

"Así pues en los supuestos de medicina satisfactiva o voluntaria el único aspecto del enfoque judicial en el que debe operar la distinción con la medicina denominada necesaria, curativa o asistencial-, el deber de información médica, porque si éste se funda en el derecho del paciente a conocer los eventuales riesgos para poderlos valorar y con base en tal información (conocimiento) prestar su consentimiento o desistir de la operación", agrega.

En un comunicado, la defensa ha señalado que se está "en presencia de falta de información sobre la técnica a utilizar para solucionar el problema planteado por la paciente, dicha falta de información se plantea sobre las diferentes técnicas que podrían utilizarse y de los riesgos implícitos en cada una de ellas".

Así, ha destacado que no está acreditado por "el demandado que informara a la paciente/actora de las tres opciones que disponía para conseguir elevar el pecho y que ésta optara por practicarse en primer término una mamoplastia de aumento y si no se conseguía la elevación del pecho someterse a una intervención de mastopexia".

"El consentimiento suscrito por la misma únicamente se refiere a la intervención de mamoplastia de aumento y a los riesgos de ésta

Siendo clara la falta de información sobre la técnica quirúrgica, que podía conllevar la necesidad de una segunda intervención tras la mamoplastia de aumento practicada, determinando dicha falta de información una mala praxis médica", concluye.

Mostrar comentarios