Asimismo, la institución llama ahora a los medios de comunicación a "preservar la intimidad de esta menor, y evitar dar su nombre y circunstancias personales, incluidas las de carácter médico, que le afectan". "La dignidad y los derechos fundamentales de esta niña deben ser preservados y prevalecer en todas las circunstancias", afirma.
El Defensor del Pueblo recuerda que en su estudio sobre "La escucha del menor, víctima o testigo" (2015) ya manifestó que "la preservación de la intimidad del menor víctima o testigo es una necesidad esencial y transversal que abarca desde la denuncia hasta la sentencia y aún después".
Por ello, en su momento recomendó a la administración competente "fomentar la autorregulación de los medios de comunicación social de titularidad pública y privada en orden a preservar la intimidad, la dignidad y los derechos de las víctimas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Estatuto de la víctima (Ley 34/2015)".
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