HACIENDA RECTIFICA Y MODIFICA LA ORDEN SOBRE EL ACCESO DE INFORMACIÓN DE LA AIREF

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha decidido derogar tres artículos de la orden por la que se determinan la información y procedimientos de remisión que el departamento de Cristóbal Montoro pone, con carácter permanente, a disposición de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef).

De esta manera, Hacienda rectifica y acepta la posición defendida por la Autoridad Fiscal, que había denunciado que la orden se “extralimitaba en la medida que regula el procedimiento para el acceso a información adicional”.
Según el organismo, que en diciembre de 2015 presentó un recurso contencioso-administrativo contra la orden ante la Audiencia Nacional, el “acceso directo” a información adicional por parte de la Airef está contemplado expresamente en la legislación, por lo que esta materia debe considerarse ya regulada, sin que tenga cabida un ulterior desarrollo por orden ministerial.
Además, la institución rechazaba tener que consultar primero con Hacienda si quería información sobre alguna administración territorial. “La introducción de un filtro previo (la necesidad de acudir previamente a la Central de Información del Ministerio) es incompatible con la expresión directamente recogida en la ley”, señalaba la Airef.
Este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge una nueva orden del Ministerio que modifica la anterior, un texto en el que Hacienda explica que la “práctica”, y no la “legalidad”, ha puesto de manifiesto la necesidad de este cambio.
Además, apunta que la Comisión Europea, aunque “sin llegar a invocar ilegalidad alguna”, advirtió el pasado mes de febrero de que algunos apartados de la primera orden dejaban abierta la posibilidad de restringir indebidamente la información a la que puede acceder la Airef, lo Bruselas consideraba que podría afectar a su capacidad de desempeñar debidamente sus obligaciones.
En concreto, Hacienda deroga los artículos 2, 5 y 12, que hacen referencia a las relaciones entre la Autoridad Fiscal y la Central de Información, al procedimiento para atender los requerimientos de datos adicionales realizados por la Airef y a la información adicional obtenida directamente de una comunidad autónoma, corporación local u otro departamento ministerial.

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