Manos Limpias recurre para que el juez de los ERE conceda 45 días a las defensas para presentar sus escritos

EUROPA PRESS
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En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado del sindicato, Rafael Prieto, asevera que "flaco favor haríamos a la sociedad civil si bajo la coartada de su defensa callásemos ante la vulneración de derechos fundamentales --con mayúsculas-- de los acusados", los cuales "también son sociedad civil y no por acusados son merecedores de desprecio".

El sindicato cree "firmemente en la responsabilidad penal" de los investigados y, por ello, "en un ejercicio de censura y reproche jurídico, se les acusa", pero "acusarles no nos hace olvidar su legítimo derecho a la presunción de inocencia", por lo que se opone al "pertinaz" rechazo del juez a conceder a las defensas un plazo de 45 días "análogo" al concedido a las acusaciones, un rechazo que es "innecesario y gravosamente perjudicial".

A su juicio, es "innecesario" porque, tras más de cinco años de instrucción, "recortar 15 días de plazo a las defensas para el desempeño de una labor digna, inobservando el principio de igualdad de armas en el proceso, y quebrando toda doctrina y jurisprudencia conocida (inclusive la constitucional), es ciertamente un hito triste".

El abogado expone que el principio de igualdad de armas en el proceso "no puede ceder a interpretaciones subjetivas y cuantificadoras de la dificultad del trabajo de unos y otros", añadiendo que "incluso desde la peligrosa valoración de la dificultad, los acusados son acreedores de los mismos 45 días que se han conferido a las acusaciones desde el mismo instante en que las acusaciones han designado como prueba documental dos causas completas 'a la gruesa'".

A su juicio, "no parece justificable ni tarea fácil encontrar a ciegas o adivinar las pruebas de cargo que contra un acusado se articulan si han de buscarse" en la causa matriz de los ERE, que "siendo benignos" asciende a 200.000 folios, y en los 13.000 folios que componen la presente pieza separada, lo que hace "un total mínimo de 213.000, lo que equivale a unos 180 ejemplares" de 'El Quijote'.

COMPARA LA CAUSA CON 'EL QUIJOTE'

"Partiendo de la contrastada excelencia profesional de las defensas técnicas, ello equivale, como mínimo, a obligarles a repasar siquiera a vuelapluma los 180 ejemplares de 'El Quijote' en 30 días", subraya el abogado, que considera que, "con la variable de la dificultad o sin ella, resulta patente que se han quebrado las garantías de los acusados".

De otro lado, tacha de "gravosamente perjudicial" la decisión del juez, que ya ha sido objeto de las cuestiones previas de algunas de las defensas en sus respectivos escritos de defensa.

Tras considerar que el plazo de 45 días deberá computar desde que las actuaciones hayan sido puestas en su totalidad a disposición de las partes, el letrado asevera que "la lógica jurídica y motivos de política-criminal igualmente invitan a conceder los 45 días por el mero hecho de que el coste de ahondar y debatir la cuestión es más gravoso para la Administración de Justicia que conceder el plazo".

"El respeto como sociedad que les reclamamos a través de un proceso penal empieza de manera innegociable por el respecto hacia ellos", concluye.

LA DECISIÓN DEL JUEZ

Cabe recordar que el juez rechazó la petición realizada por el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y otros ex altos cargos para que ampliara a 45 días el plazo para presentar sus respectivos escritos de defensa, señalando que el plazo de 30 días naturales "se ha fijado en atención a la dificultad que pueda plantear el escrito de defensa de cada uno de los acusados".

No obstante, el instructor recordaba que los plazos concedidos a las partes "exceden con mucho los marcados" por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "ello en atención a la concreta dificultad que a las partes les plantea la calificación en causa tan voluminosa como es ésta".

"Esta dificultad no puede valorarse como de la misma entidad para las acusaciones, que han de formular sus escritos en relación a 26 investigados, que para las defensas, que lo hace sólo para cada acusado y en relación a tres acusaciones, una de las cuales es adhesiva", asevera el juez, que considera que, por ello, "no existe discriminación ni desigualdad en los medios de defensa".

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