La exedil de Marbella Marisa Alcalá ingresa en un centro penitenciario para cumplir la sentencia de 'Malaya'

EUROPA PRESS

Alcalá fue condenada en el caso 'Malaya' a dos años de prisión por un delito de fraude y a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público. La Sala que ejecuta la sentencia denegó el beneficio de la suspensión o sustitución de la pena, al alegar que tenía 64 sentencias condenatorias por distintos delitos, sobre todo de prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio.

Así, el Tribunal recordó en ese momento que para la suspensión de la pena es necesario que el condenado haya delinquido por primera vez, que la pena no sea superior a los dos años de cárcel y que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se le hubiesen impuesto.

En el caso 'Malaya', la Sala ha venido manteniendo el criterio de sustituir por el pago de una multa las penas de prisión de menos de dos años de cárcel; pero en este caso se indicó que esa "amplia" hoja histórico penal que tiene la exedil "desaconseja" la concesión de este beneficio procesal, sin perjuicio de la refundición de penas que pueda realizarse.

No obstante, fuentes de su defensa han asegurado a Europa Press que entienden que Alcalá "no tiene antecedentes a efectos de esta condena, porque a partir de la primera sentencia condenatoria no ha cometido delito", incidiendo en que "nunca se le ha imputado un hecho posterior a esa primera condena, por lo que no puede ser considerados antecedentes".

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