La comunidad autónoma había pedido la suspensión del mismo alegando el grave impacto en las cuentas públicas que causaría el desembolso de la cantidad reclamada por el Consejo de Ministros.
La Abogacía del Estado no se ha opuesto a la petición de suspensión del acuerdo recurrido debido a que el Gobierno ha interpuesto una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra la Decisión de la Comisión Europea, que excluye la financiación de determinados gastos con cargo a los citados fondos agrícolas, por considerarla desproporcionada y no ajustada a derecho.
A la vista de los alegatos de la Abogacía del Estado, la Sala Tercera ha decidido suspender de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros, según ha informado la oficina de prensa del Tribunal Supremo.
En relación con esta multa, el Tribunal Supremo rechazó el pasado mes de abril la "cautelarísima" solicitada por Castilla-La Mancha para suspender el acuerdo de Consejo de Ministros al no apreciar las circunstancias de especial urgencia que requiere una medida, como la solicitada, que se adopta sin oír a las partes y en el plazo de dos días. No obstante, acordó que continuara el procedimiento por la vía ordinaria establecida en el artículo 131 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa con audiencia de las partes, en este caso la Abogacía del Estado.
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