Abogado de Tribunal de Justicia UE recomienda revisar la demanda de Gbagbo

  • Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo (UE) recomendó hoy anular los autos en los que se declararon inadmisibles las demandas del expresidente de Costa de Marfil Laurent Gbagbo ante las sanciones europeas impuestas en su contra tras los comicios de 2010.

Bruselas, 19 dic.- Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo (UE) recomendó hoy anular los autos en los que se declararon inadmisibles las demandas del expresidente de Costa de Marfil Laurent Gbagbo ante las sanciones europeas impuestas en su contra tras los comicios de 2010.

Las elecciones de noviembre de 2010 en Costa de Marfil dieron la victoria a Alassane Outtara, opositor al régimen del presidente Laurent Gbagbo, quien se proclamó también ganador de los comicios, provocando una grave crisis política en el país.

La comunidad internacional reconoció oficialmente a Ouattara como nuevo líder de Costa de Marfil y, ante la obstrucción al proceso de paz y reconciliación llevada a cabo por Gbagbo, la UE prohibió a éste y a varios de sus colaboradores y familiares la entrada en su territorio, a la vez que congeló sus bienes.

En julio de 2011, parte de los afectados por las sanciones, entre ellos el propio Gbagbo, interpuso ante el Tribunal General de la Unión Europea demandas de nulidad contra la decisión de los Veintisiete.

Esta Corte declaró inadmisibles las demandas, al considerar que los documentos se habían presentado fuera de plazo (entre tres meses y seis días, según los casos).

Entonces, los afectados interpusieron un recurso de casación contra los autos del Tribunal General ante el Tribunal de Justicia de la UE, denunciando que el primero no había apreciado que el estado de guerra en el que supuestamente se encontraba Costa de Marfil constituía una razón de fuerza mayor que les impidió ejercer su derecho de recurso.

Además, Gbagbo y varios de sus colaboradores sostuvieron que el principio de seguridad jurídica no puede justificar que, por un lado, se haya aplicado a sus demandas el plazo ordinario de recurso, ni que, por otro lado, las medidas adoptadas no les hubieran sido notificadas personalmente.

Un abogado general del Tribunal de Justicia de la UE consideró hoy que los Veintisiete debieron haber dado a los sancionados todas las oportunidades de argumentar que, por razones de fuerza mayor, sólo tuvieron conocimiento efectivo de las medidas adoptadas con posterioridad a su publicación, con la consiguiente repercusión sobre el plazo de presentación de sus recursos.

A su parecer, el Tribunal General disponía de medios procesales para hacerlo y debería haber optado por hacer uso de su facultad de pronunciarse de oficio sobre la inadmisibilidad de los recursos en cualquier parte del procedimiento, una vez oídas las partes.

Ese trámite de audiencia hubiera garantizado que el proceso de declarar inadmisibles las demandas de Gbagbo y sus colaboradores se habría llevado a cabo con todas las garantías pertinentes.

En consecuencia, el abogado general propone al Tribunal de Justicia que anule los autos del Tribunal General por los que se inadmitieron las demandas, y que se devuelvan los asuntos a esa instancia para que resuelva sobre el caso una vez oídas las partes.

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