Amnistía, sobre la ley de seguridad ciudadana: “amplía los poderes policiales en lugar de proteger la protesta”


Amnistía Internacional (AI) afirmó que el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que inició este jueves su andadura parlamentaria con la defensa del texto por parte del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, “amplía los poderes policiales en lugar de proteger la protesta” y que algunas de las infracciones del texto podrían amenazar el ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, de expresión y de información.
El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana el pasado 11 de julio, que AI considera “un paso en la dirección equivocada y se aleja de los estándares internacionales”, pese a que el texto final incluye algunas de las recomendaciones que Amnistía Internacional realizó al Ministerio del Interior, como incluir de manera expresa el principio de no discriminación en las identificaciones por parte de la policía o que la disolución de la reunión sea la última medida a tomar en las manifestaciones pacíficas.
Amnistía Internacional ha hecho llegar a todos los grupos parlamentarios sus preocupaciones antes de que el Pleno del congreso inicie este jueves el debate a la totalidad del proyecto de ley, como “la ampliación de los poderes a las fuerzas y cuerpos de seguridad, que podría llevar a la arbitrariedad en la aplicación de la ley, así como la tipificación y sanción de nuevas formas de protesta, que podrían afectar al ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, expresión e información”.
“El proyecto ha mejorado respecto a su versión inicial, pero, de aprobarse tal y como está, podría suponer una restricción innecesaria e injustificada de la protesta contraria al derecho internacional”, declaró Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.
En ese sentido, la organización pidió que se corrija la discrecionalidad que otorga el proyecto de ley a las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como que se establezcan mecanismos de control y supervisión de la actividad policial para garantizar que los abusos de las fuerzas y cuerpos de seguridad no queden impunes.
MÁS INFRACCIONES, MENOS GARANTÍAS
Por otro lado, Amnistía Internacional señaló que, en comparación con la ley vigente, el texto amplía el número de infracciones de 27 a 47, que el Gobierno ha justificado bajo el argumento de que algunas faltas se han eliminado del Código Penal.
Sin embargo, AI apuntó que sólo 9 infracciones del texto proceden del Código Penal y pasan al ámbito administrativo sancionador, mientras que 21 son de nueva creación.
Además, indicó que el traslado al ámbito administrativo de algunas de las faltas se produce además en un contexto en el que los tribunales han archivado o fallado en favor de manifestantes. Así, los tribunales han reconocido, por ejemplo, que los “escraches” son ejercicios legítimos del derecho a la libertad de expresión; han desestimado cargos contra los organizadores de la manifestación “Rodea el Congreso” celebrada el 25 de septiembre de 2012, al constatar que el "delito contra las altas instituciones del Estado" aducido por el Ministerio del Interior no era tal, o han reafirmado que está permitido grabar a las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones.
LIMITAR LA PROTESTA
Amnistía recalcó que el proyecto de ley sanciona las manifestaciones ante el Congreso, el Senado y los parlamentos de las comunidades autónomas cuando no se ha cumplido con los requisitos de la Ley Orgánica de Libertad de Reunión, que establece obligaciones para los organizadores relativas a la notificación de la reunión.
Amnistía Internacional expresó su preocupación ante el hecho de que en España no se contemple la posibilidad de la celebración de manifestaciones o reuniones espontáneas, especialmente en los casos en que son respuesta a un evento desencadenante y donde el organizador (en el caso que lo hubiese) no tuviera posibilidad de notificar con antelación.
“Todo esto podría provocar el efecto de limitar la protesta social, así como de castigar la disconformidad, tal y como han denunciado movimientos sociales, organizaciones de derechos humanos, expertos y organismos internacionales”, aseguró Virginia Álvarez, responsable de Política Interior de AI España.
GRABAR IMÁGENES
Otra de las preocupaciones de Amnistía Internacional es la limitación de la grabación y difusión de imágenes de las fuerzas de seguridad cuando puedan poner en peligro operaciones policiales o la integridad de los agentes.
En ese sentido, la organización insiste en que, tal y como han recordado a España diversos organismos internacionales, el ejercicio del derecho de información corresponde a cualquier ciudadano, independientemente de si ejerce o no la profesión de periodista. “El relator de Naciones Unidas sobre libertad de opinión y expresión ha recordado el ejercicio tan valioso que llevan a cabo miles de personas que documentan las violaciones de derechos humanos”, apostilló Álvarez.
Por otro lado, Amnistía Internacional recordó que, según el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, las autoridades españolas se comprometieron a no introducir restricciones a la difusión de imágenes o datos sobre los miembros o fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones en los casos en los que dichas imágenes o datos pudieran suponer una amenaza para su vida o para la operación que lleven a cabo. El Comisario afirmó que tales restricciones “socavarían enormemente el derecho a la libertad de expresión en el país”.
AI recalcó que la libertad de expresión también podría verse amenazada con algunos artículos del proyecto de ley, como el que castiga como infracción leve las injurias o faltas de respeto dirigidas contra las Fuerzas de Seguridad en una concentración o reunión en el ejercicio de sus funciones. “Esta disposición, expresada en términos vagos e imprecisos, podría limitar de manera injustificada el derecho a la libertad de expresión y se correría el riesgo de sancionar cualquier crítica que se considere ofensiva”, concluyó.
Amnistía ha hecho llegar algunas recomendaciones a los grupos parlamentarios, como la eliminación de los artículos que limitan el derecho de reunión pacífica espontánea cuando no es posible la notificación al ser respuestas inmediatas a sucesos no previstos ante el Congreso, el Senado y los parlamentos autonómicos; la eliminación de la infracción que hace referencia a la grabación de imágenes y la que castiga como infracción leve las injurias o faltas de respeto dirigidas contra las Fuerzas de Seguridad en una concentración o reunión en el ejercicio de sus funciones, e introducir mecanismos independientes que aseguren que las violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas de Seguridad sean investigadas de manera imparcial y exhaustiva.

Mostrar comentarios