(ampliación) el juez archiva la causa contra esperanza aguirre por su fuga en la gran vía


El Juzgado de Instrucción Número 14 de Madrid ha archivado la causa abierta contra la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, por haber estacionado su vehículo en plena Gran Vía mientras sacaba dinero de un cajero y por darse posteriormente a la fuga de los agentes de movilidad que la estaban multando.
Así aparece reflejado en un auto dado a conocer este martes en el que el juez acuerda "el sobreseimiento provisional y el correspondiente archivo" de la causa contra Esperanza Aguirre, si bien existe un plazo de tres días para que el fiscal pueda recurrir y de cinco días para apelar la decisión.
El juez considera que no ha quedado "suficientemente acreditada la desobediencia y las lesiones por imprudencia denunciadas" por los agentes de movilidad y sostiene que los hechos que se reprochan a Esperanza Aguirre no son constitutivos de "infracción penal".
Asegura que en este caso "no existe ese afianzamiento fundado y razonable de comisión delictiva" ya que se produce una "frontal oposición de las versiones de denunciantes y denunciada y un resultado igualmente contradictorio de los medios de prueba practicados durante la instrucción".
"Así pues, la solución no puede ser otra que el sobreseimiento de los presentes autos pues la denuncia inicial ha sido rebatida por la denunciada, existiendo incluso más apoyos a su versión que a la de los agentes de movilidad denunciantes y dudas serias acerca de la credibilidad de estos", esgrime el auto.
En particular, destaca las "variaciones y omisiones del agente presuntamente lesionado en sus manifestaciones ante la policía y el juzgado o el contenido del informe médico-forense" aportado como prueba.
Además, subraya que "no ha quedado indiciariamente acreditado que concurra un elemento esencial, conforme a la jurisprudencia, para que podamos hablar de desobediencia cual es que [Aguirre] se percatase de la orden de detención que se le daba".
El auto cita en este punto la declaración del agente de la Policía Municipal con número de placa 10467.0 que "pese a estar presenciando la incidencia, tampoco vio la orden de alto por parte de los agentes de movilidad a la denunciada" y que "viene a corroborar en alguna medida la versión de Esperanza Aguirre cuando afirma que no cree que se diera cuenta de la orden de alto que él mismo le dio, ya que no le miró".
También señala que el vehículo patrulla que la persiguió "no llevaba puestas las señales acústicas sino sólo las luminosas, e incluso estas brevemente ya que las apagó en cuanto embocaron la calle Silva, situado a escasa distancia del lugar en que se impuso la sanción administrativa".
Por todo ello, el juez Carlos Valle y Muñoz-Torrero "acuerda el sobreseimiento provisional y el correspondiente archivo de la presente causa" contra Esperanza Aguirre y lo comunica a la Fiscalía y las partes implicadas, que disponen de tres días para recurrir la decisión y cinco para apelar.

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