(AMPLIACIÓN) EL PDC SE QUEDA SIN GRUPO PROPIO EN EL SENADO

La Mesa del Senado decidió este lunes dejar sin grupo propio en la Cámara Alta al Partit Demòcrata Català (antigua Convergència), con los votos negativos del PP, la abstención del PSOE y el voto a favor del PNV, según confirmó el vicepresidente primero del Senado, Pedro Sanz.
El miércoles pasado, la Mesa aprobó la formación de cinco de los seis grupos parlamentarios que se inscribieron: PP, PSOE, Podemos, PNV y ERC, pero aplazó la decisión sobre la concesión de grupo propio al partido catalán por las dudas que existían en torno a su constitución.
Según indicó Pedro Sanz en rueda de prensa en el Senado, los grupos de esta Cámara requieren de, al menos, 10 senadores, y el PDC, con cuatro senadores electos, quería formar grupo propio con tan solo seis parlamentarios, contando con dos senadores prestados por alguna otra formación.
Para el vicepresidente primero de la Cámara Alta, eso parecería más “un grupo mixto” que un grupo al uso y él, como miembro de la Mesa, se ha sentido “utilizado, por no decir engañado o burlado”, después de que PDC haya intentado formar grupo con estas premisas.
“El momento político que estamos viviendo no es el mejor para quererse saltar las normas y favorecer la constitución de un grupo”, manifestó Sanz, para agregar que el PDC ha intentado saltarse el Reglamento de la Cámara y la Mesa del Senado no ha querido ser “cómplice”.
Por su parte, la decisión sobre la constitución o no de un grupo parlamentario propio del PDC en el Congreso de los Diputados se tomará mañana, en la reunión que la Mesa de la Cámara Baja celebrará a las 12.00 horas.
El pasado miércoles, la Mesa emplazó a este partido a presentar los argumentos por los que considera que debería obtener grupo, argumentación que los convergentes presentaron al Registro de la Cámara Baja el viernes.
Los ocho diputados del PDC concretaron en este escrito los criterios en los que se fundamenta su voluntad de formar grupo parlamentario teniendo en cuenta la aplicación del artículo 23.1 del Reglamento del Congreso.
Este artículo dice que “los diputados, en número no inferior a quince, podrán constituirse en Grupo Parlamentario. Podrán también constituirse en Grupo Parlamentario los diputados de una o varias formaciones políticas que, aun sin reunir dicho mínimo, hubieren obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el quince por ciento de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hubieren presentado candidatura o el cinco por ciento de los emitidos en el conjunto de la Nación”.

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