Asociación que recurrió la prohibición del "burka" celebra la decisión del TS

  • La asociación islámica Watani de Lleida, que presentó el recurso contra la ordenanza del Ayuntamiento de esta ciudad que prohibía acceder a edificios municipales llevando velo islámico u otras prendas que oculten el rostro, está satisfecha con la revocación de dicha prohibición por parte del Tribunal Supremo.

Lleida, 28 feb.- La asociación islámica Watani de Lleida, que presentó el recurso contra la ordenanza del Ayuntamiento de esta ciudad que prohibía acceder a edificios municipales llevando velo islámico u otras prendas que oculten el rostro, está satisfecha con la revocación de dicha prohibición por parte del Tribunal Supremo.

Así lo ha asegurado a Efe el abogado de la asociación, Carlos Arbolí, que se ha congratulado de que la sentencia del TS haya reconocido todas sus pretensiones.

"La sentencia establece, como nosotros pretendíamos, que el Ayuntamiento no es competente para imponer una normativa que vulnere los derechos fundamentales de las personas, como es el derecho a la libertad religiosa, con el fin de salvaguardar la igualdad entre hombres y mujeres", ha explicado el letrado.

Así, según Arbolí, la sentencia del Supremo deja claro que no se puede prohibir el ejercicio de un derecho fundamental a una persona impidiendo la entrada a equipamientos públicos en función de la vestimenta que lleve.

El letrado destaca en este sentido que se trata de la primera sentencia que reconoce la incapacidad de un consistorio para prohibir el uso del velo integral, ya que es una cuestión que tiene que estar regulada por ley.

"Se trata de una ordenanza que, con la pretensión de defender a las mujeres, las estaba arrinconando aún más. Si una mujer está coaccionada para llevar un tipo de vestimenta hay mecanismos para impedir que eso siga pasando, pero lo que no se puede hacer es establecer una norma general que afecta a todo un colectivo, porque hay mujeres que llevan el 'burka' libremente", ha concluido Arbolí.

El Ayuntamiento de Lleida aprobó la ordenanza municipal que prohibía el uso del "burka" en 2010, contra la que Watani presentó un recurso judicial alegando que atentaba contra el derecho fundamental a la libertad religiosa de las mujeres musulmanas.

En junio de 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avaló la ordenanza del consistorio, aunque Watani presentó un nuevo recurso ante el TS, que ahora ha dado la razón a la asociación islámica y ha revocado la prohibición municipal.

La sentencia del TS es firme y no se pueden interponer más recursos que el amparo ante el Tribunal Constitucional.

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