Banco Pastor deberá decir qué clientes ingresan 100.000 euros en billetes 500

  • El Tribunal Supremo ha obligado al Banco Pastor a identificar ante Hacienda a los clientes que realizaron operaciones de ingreso o retirada de efectivo superiores a 100.000 euros en billetes de 500, así como la del beneficiario de uno y ordenante de otra.

Madrid, 13 dic.- El Tribunal Supremo ha obligado al Banco Pastor a identificar ante Hacienda a los clientes que realizaron operaciones de ingreso o retirada de efectivo superiores a 100.000 euros en billetes de 500, así como la del beneficiario de uno y ordenante de otra.

En una sentencia, el alto tribunal estima el recurso que interpuso la Abogacía del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó la reclamación que hizo en este sentido a la entidad la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, en 2007.

Según el Supremo, "en modo alguno puede aceptarse la conclusión a la que llega la Sala de instancia" de que la información requerida era "cuasi estadística, cuyo "interés para la Hacienda Pública se puede cumplimentar con el deber de información periódico o temporal, incluso con otras instituciones como el Banco de España".

La Audiencia Nacional añadía que esos datos carecían de "trascendencia tributaria con anterioridad a la emisión de dicho requerimiento, al no identificarse a los obligados tributarios cuyo incumplimiento de información o cumplimiento de sus deberes fiscales se sospeche".

A ello, el Supremo, recogiendo su propia jurisprudencia y la doctrina del Tribunal Constitucional, responde que existe "una obligación legal de facilitar y suministrar información con relevancia tributaria a la Administración".

"La Administración puede exigir los datos relativos a la situación económica del contribuyente, quien tiene el deber jurídico de colaborar, deber que se extiende a quienes puedan prestar su ayuda en la tarea de alcanzar la equidad fiscal, como las entidades bancarias", subraya la sentencia.

Para el Supremo, los datos que exigió Hacienda al Banco Pastor son de "una clara relevancia económica, no sólo por su importante cuantía, sino aún más si cabe por los billetes con los que se llevan a cabo, de notoria significación en determinadas transacciones al margen de la legalidad, sin mayor justificación adicional" y evidencian "la trascendencia tributaria que se exige para su conformidad jurídica", concluye.

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