Competencia expedienta a los toreros del G-10 y a la empresa All Sports Media

  • La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra los toreros del G-10, los diez que supuestamente tienen una mayor cotización, y la empresa All Sports Media 66 S.L. (ASM), que gestiona sus derechos audiovisuales, por una posible "conducta anticompetitiva".

Madrid, 14 jun.- La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra los toreros del G-10, los diez que supuestamente tienen una mayor cotización, y la empresa All Sports Media 66 S.L. (ASM), que gestiona sus derechos audiovisuales, por una posible "conducta anticompetitiva".

Según ha informado hoy la CMC, el expediente se refiere a los acuerdos adoptados para la gestión conjunta de los derechos de retransmisión televisiva de las corridas de toros, de los que se desprenden "indicios racionales" de una infracción contra la Ley de Defensa de la Competencia, en concreto de su artículo primero.

Este artículo prohíbe "todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte" del mercado nacional.

El conocido como G-10 está integrado por "Morante de la Puebla", César Jiménez, Julián López "El Juli", Miguel Ángel Perera, Cayetano Rivera, David Fandila "El Fandi", José María Manzanares, Manuel Jesús "El Cid", Alejandro Talavante y Enrique Ponce.

El expediente se refiere a la firma de diversos contratos entre la empresa ASM y los toreros para la gestión conjunta de los derechos de retransmisión de las corridas en las que participen estos profesionales y que, a juicio de la CMC, "podrían restringir la competencia en España de cara a la celebración" de las corridas de toros y su emisión en televisión.

El expediente ha sido abierto tras la denuncia presentada por la Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos y, según Competencia, su incoación no prejuzga el resultado final de la investigación.

A partir de ahora, se inicia un plazo máximo de 18 meses durante los que se deberá instruir el expediente y la Comisión de la Competencia tendrá que dictar una resolución.

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