Condenado a 89 años de prisión el autor del triple crimen de Degaña

  • La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a José Manuel Álvarez Fernández a un total de 89 años y dos meses de prisión por dar muerte al padre, al hermano y al novio de su ex mujer, e intentar matar a ésta última y a su madre, en mayo de 2011 en Degaña.

Oviedo, 20 feb.- La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a José Manuel Álvarez Fernández a un total de 89 años y dos meses de prisión por dar muerte al padre, al hermano y al novio de su ex mujer, e intentar matar a ésta última y a su madre, en mayo de 2011 en Degaña.

La sentencia le condena como autor de un delito de asesinato a 25 años de prisión; de otro en grado de tentativa con la agravante de parentesco, a 20 años; de dos homicidios, a quince años por cada uno de ellos; de otro homicidio en tentativa, a otros diez años; de allanamiento de morada, a un año y dos meses de prisión; de un delito de atentado, a tres años y un día, y de otro continuado de daños, a una multa de 3.840 euros.

Asimismo, el minero leonés, con dos hijos menores en común con su exmujer, Silvia, ha sido condenado al pago de indemnizaciones por más de 1,2 millones de euros.

La sentencia descarta que José Manuel tuviese turbadas sus facultades intelectivas o volitivas cuanto cometió los crímenes, sino que, al contrario, "tenía suficiente grado de conciencia y lucidez para apercibirse del modo y manera de la agresión consumada".

La Sala da por probado José Manuel "seguía sin aceptar ni la ruptura matrimonial ni el hecho de que su exmujer mantuviera una nueva relación sentimental" con Jorge Marqués Vado, por lo que en la madrugada del 22 al 23 de mayo del 2011, tras la celebración de elecciones municipales a las que Silvia se presentaba en calidad de concejala, "resolvió acabar con la vida de aquella y de su nueva pareja, así como de cualquier persona que obstaculizase su objetivo".

Así, se personó en la vivienda sobre las 05.30 horas provisto de un cuchillo de monte en la vivienda en la que residía tras el divorcio su ex mujer, junto con sus padres, Manuel e Isabel, su hermano Roberto y sus dos hijos menores, ubicada en barrio El Otero de Degaña, y en la que aquella noche también pernoctaba su entonces pareja, Jorge.

Esta última circunstancia era conocida por el procesado, ya que sobre las 20.00 horas de la tarde anterior había devuelto en la vivienda a sus hijos.

Para acceder al interior de la vivienda, José Manuel Álvarez tiró la puerta con una maza, subió las escaleras y se dirigió directamente al dormitorio donde estaban durmiendo Silvia y Jorge "con la intención de acabar con sus vidas, asestando con la luz apagada, y de forma totalmente imprevista, múltiples golpes e incisiones con el cuchillo a lo largo de todo el cuerpo" del hombre, lo que le provocó la muerte.

A continuación, relata el fallo, "se dirigió a por Silvia" y le propinó varias cuchilladas, aunque sus gritos alertaron a los padres y al hermano de la mujer, que lograron que el agresor abandonara la vivienda.

No obstante, a los pocos minutos, el procesado regresó a la casa y acuchilló mortalmente tanto al padre como al hermano de su exmujer, que trataron de impedirle que siguiera con su ataque, como a la madre de Silvia en presencia de los menores, que se habían despertado por los gritos.

Tras ello, se dirigió al dormitorio de su exmujer, donde ésta se encontraba herida en el suelo, y volvió a acuchillarla, "incrementando deliberadamente" su sufrimiento, y en presencia de uno de sus hijos, al que ignoró en un primer momento cuando le pidió que parara.

Sólo cuando el agresor volvió a escuchar de nuevo a su hijo implorando que parara cesó el ataque y abandonó la vivienda.

El ahora condenado fue detenido a la altura de la plaza del pueblo cuando trataba de huir en coche, después de embestir el vehículo policial.

Silvia tardó casi un año en curar las lesiones sufridas, que le han dejado algunas secuelas, y la madre de ésta, más de seis meses.

Además de la pena de prisión, cuyo máximo cumplimiento queda fijado en 40 años, y de las indemnizaciones, el condenado no podrá acudir ni residir en Degaña y Ponferrada durante diez años tras su salida de la cárcel ni comunicarse ni acercarse durante el mismo periodo a menos de 500 metros a las dos mujeres.

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