Condenado por atacar a un ingeniero al que confundió con ladrón por ser calvo

  • El Supremo ha condenado a año y medio de prisión a Juan Pablo G.J. por un delito de lesiones con medio peligroso cometido cuando golpeó con su escopeta a un ingeniero que revisaba el alumbrado público, a quien confundió con un ladrón que días antes había asaltado su casa porque ambos eran calvos.

Madrid, 18 may.- El Supremo ha condenado a año y medio de prisión a Juan Pablo G.J. por un delito de lesiones con medio peligroso cometido cuando golpeó con su escopeta a un ingeniero que revisaba el alumbrado público, a quien confundió con un ladrón que días antes había asaltado su casa porque ambos eran calvos.

El tribunal confirma así la condena que inicialmente impuso al penado la Audiencia Provincial de Pontevedra y fija la obligación de indemnizar a la víctima de la agresión con 11.000 euros. El condenado deberá pagar también 7.190 euros al becario del ingeniero, a quien también atacó pero al que no causó daños tan graves como al primero.

La sentencia del Supremo también confirma la absolución por los delitos de detención ilegal y amenazas de los que también había sido acusado el reo.

La sentencia cuenta cómo en junio de 2009 la vivienda donde vivía Juan Pablo, su hermano Saúl y su familia, fue asaltada por varias personas, quienes no han podido ser identificadas. Una de esas personas pudo ser vista por Saúl, quien reparó en el ladrón porque era calvo, lo que le contó a su hermano Juan Pablo.

Dos días más tarde del robo Juan Pablo circulaba en su coche por las cercanías del domicilio cuando observó la presencia de un vehículo ocupado por dos personas, que no mostraba ropa o distintivo alguno y cuyo conductor era calvo. Observó además que durante un tiempo el vehículo que le resultó sospechoso circulaba detrás del suyo cuando se dirigía hacia su domicilio.

Inmediatamente llamó a su hermano para que saliese a mirar al vehículo y le dijese si podía identificar al hombre que era calvo como uno de los que participó en el robo, "a lo que el hermano respondió que reconocía al calvo", relata la sentencia.

Todo ello supuso para el reo "una perturbación anímica que le condujo a detener el coche a la entrada de su casa y bajarse del mismo para procurarse una escopeta de caza y conseguir la detención de los ocupantes de la furgoneta e impedirles la huida, para su posterior entrega a la Guardia Civil", dice también la sentencia.

Volvió a preguntar a su hermano Saúl cuando se preparaba para la acción y volvió a obtener "la respuesta afirmativa de que era el calvo".

"Plenamente convencido de que se trataba de los que habían entrado en su vivienda, les apuntó con la escopeta y les obligó a bajarse del vehículo al tiempo que le dijo a su esposa que llamase a la Guardia Civil", dice también la sentencia.

"El acusado, que iba provisto de la escopeta con ocasión de interceptar el vehículo, propinó un culatazo a Wilfredo P.S. al bajarse de aquel" y también atacó al otro ocupante del coche. Al primero le causó importantes lesiones, entre ellas la rotura de dos incisivos.

La Guardia Civil detuvo a los dos hombres hasta que los identificó como un ingeniero y su becario, que realizaban trabajos de auditoría del alumbrado público, motivo por el que observaban el lugar. No creyeron necesitar distintivos para su trabajo de campo.

El alto tribunal confirma la condena y rechaza la petición del condenado de que se le aplicase la circunstancia atenuante de arrebato u obcecación porque no estaría justificado apreciar que ninguna "perturbación anímica" u "ofuscación" pueda explicar la "violenta agresión", que resultó "desmedida y desproporcionada".

Sin embargo, el tribunal rebaja la indemnización por daños morales de 6.000 euros a 3.000, porque la defensa de la víctima principal fijó en ese límite su solicitud y la sentencia no puede ir más allá de lo solicitado.

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