Que dimitan otros

  • En contra de la lógica prometida, el artificio montado a modo de politburó para que Rita Maestre diera una rueda de prensa tras su condena judicial tenía por objetivo proteger a la culpable.

    Carmena llegó a sostener que el comportamiento de Rita Maestre nada tenía que ver con un atentado a los derechos humanos.

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Justino Sinova

La conferencia de Prensa de Rita Maestre, después de su condena judicial por el asalto a una capilla católica de la Universidad Complutense, tuvo una puesta en escena superior para una declaración histórica: “La justicia me ha declarado culpable de un delito nefando, cometido contra un derecho fundamental de las personas, y proclamo mi decisión de purgar humildemente mi culpa y abandonar la dedicación pública que en estas circunstancias, como mi partido y yo hemos venido exigiendo, no puedo ejercer legítimamente”. Pero no, en contra de la lógica prometida, el artificio montado a modo de politburó tenía por objetivo proteger a la culpable. Era un politburó intimidante, en el que la protagonista podía sentirse amparada para vulnerar una oferta electoral. Y, efectivamente, la representante de la nueva política echó mano de la vieja politicastra por ella largamente denostada y se agarró al cargo de la manera más alejada de sus protestas y de sus anuncios sobre la llegada de un tiempo distinto.

Qué ocasión perdida, qué renuncia de la protagonista y de sus compañeros, los figurantes del politburó y todos los demás que han salido a arroparla en su apego al sillón, empezando por Manuela Carmena, su alcaldesa, y terminando por Pablo Iglesias, su líder. Carmena llegó a sostener que el comportamiento de Rita Maestre, condenada en sede judicial como autora de un delito contra los sentimientos religiosos del artículo 524 del Código Penal, nada tenía que ver con un atentado a los derechos humanos. Pero un ataque a los sentimientos religiosos se entiende delictivo por la existencia de un derecho a ejercer una religión, que es lo que protege el derecho humano a la libertad religiosa, considerado fundamental por nuestra Constitución. En los territorios de los politburós, un ataque a la religión y a sus practicantes no es un delito sino una costumbre, pero en una democracia es una ilegalidad que un representante público no puede permitirse ni siquiera antes de acceder al cargo.

La alcaldesa Carmena se deslizó también hacia una arriesgada valoración de la libertad de expresión en su afán por defender a la concejal Maestre. Aseguró que la sentencia la interpreta de forma restrictiva y aseveró que “estamos viviendo un momento de involución” de esa libertad, sin tener en cuenta -lo que es notable en alguien que ha ejercido como juez- que los límites del ámbito de la libertad son tan importantes como su ejercicio. Precisamente a ello se refiere la sentencia que condena a Maestre, al recordar que “la libertad de expresión es un derecho reconocido en el art. 20 de la Constitución Española pero no es un derecho absoluto, sino que tiene sus límites en los derechos reconocidos en el título I de la misma, los derechos fundamentales, entre los que se encuentra la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”. La juez que firma la sentencia, María Esther Arranz, no duda que la acción de Maestre “fue una protesta” -que para Carmena es “una de las expresiones más claras de la libertad de expresión”-, pero añade que “esa protesta se realizó con el ánimo de ofender los sentimientos religiosos”, lo que la convierte en ilegítima.

Aunque no fue lo más relevante de una sesión dedicada a defender lo indefendible, sí fue revelador que Carmena se permitiera rechazar una pregunta periodística por inconveniente. En otras circunstancias y sobre todo tratándose de otro partido, el veto de la alcaldesa habría alcanzado los honores de la denuncia periodística, pero en esta ocasión solo he visto una glosa de este tic imperdonable en el blog de Fernando Lázaro que usted puede leer aquí: http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/bajosfondos/2016/03/19/carmena-y-la-libertad-de-la-prensa-para.html. Una prueba más de la doble vara de medir mediática que resalta ciertas reacciones políticas inadecuadas y olvida o simplemente oculta otras igualmente improcedentes.

Ahora se trata del clamoroso incumplimiento del código llamado ético que los nuevos políticos del populismo se han dictado. En un artículo anterior, yo sostenía que había una disparidad entre el caso de Rita Barberá, ex alcaldesa de Valencia, cuya dimisión se pide por una sospecha de irregularidad no demostrada ni exigida por un juez, y el de Besteiro, cuya dimisión como responsable del Partido Socialista en Galicia no presentaba pese a estar imputado por dos jueces que le investigan por diez delitos. Besteiro dimitió poco después, lo cual hay que reconocerlo como un trámite positivo para ventilar la gestión publica. Pero es ahora Rita Maestre la que vuelve a enrarecer el clima con su numantinismo y su rectificación de las intenciones ofrecidas a los ciudadanos. Maestre no está simplemente acusada por los medios ni únicamente investigada por la justicia, sino condenada por un delito contra la libertad ajena, pero se aferra al cargo en una actitud de la más rancia política, en la que se ha venido practicando el cínico vicio de pretender que siempre dimitan otros.

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