El congreso avala que no puedan ascender aquellos militares que estén condenados por la comisión de un delito


El Congreso de los Diputados aprobó este martes una enmienda al proyecto de Ley de Carrera Militar por la que aquellos militares que estén condenados por la comisión de un delito no puedan ascender “hasta que se haya producido la cancelación de los antecedentes penales derivados de dicha condena”.
La Comisión de Defensa aprobó por unanimidad una enmienda transaccional del PP a la iniciativa presentada originariamente por los socialistas que en la que se añade que “reglamentariamente se establecerán las medidas necesarias para que los órganos de evaluación para el ascenso informen de la situación procesal de los evaluados a la autoridad responsable de la concesión de los mismos”.
En ese sentido, los populares también incorporaron al texto planteado por el PSOE que “reglamentariamente se establecerán las medidas necesarias para determinar los supuestos en los que se deberá acordar la tramitación de urgencia en los procedimientos para el pase a la situación de suspensión de funciones”.
Con esta enmienda se pretende evitar casos como el ocurrido “con el ascenso a coronel de quien estaba procesado y luego fue condenado por el acoso a la entonces capitán Zaida Cantera”.
Del mismo modo, el texto aprobado establece que “no parece razonable permitir la inclusión en un proceso de evaluación para el ascenso” a alguien que pudiera ser condenado por la comisión de un delito “que la inhabilite para el ejercicio de sus funciones derivadas de empleo al que resultó ser ascendido o suponga la pérdida de la carrera militar”.
PROTOCOLO ACOSO
Esta enmienda se suma a la proposición no de ley aprobada el pasado mes de abril en la Cámara Baja en la que se insta al Gobierno a promover la “tolerancia cero” frente al acoso sexual y laboral en las Fuerzas Armadas y a proteger a las víctimas con medidas que garanticen sus derechos y la ausencia de represalias.
En ella se pide al Gobierno que continúe promoviendo “una cultura de tolerancia cero” frente a las posibles conductas constitutivas de acoso sexual o profesional, y que sustente esa política en un protocolo negociado con los grupos parlamentarios para la prevención de esas conductas; la protección a la víctima, “desde el establecimiento de los canales de comunicación y de los procedimientos adecuados que garanticen sus intereses legítimos y salvaguarden su identidad y carrera profesional”; y el establecimiento de medidas contra el infractor.
También se reclama medidas preventivas, de información, formación y sensibilización, así como la realización de estudios y análisis; de protección a la víctima, de apoyo y asistencia, y de protección de sus derechos, incluyendo las medidas de movilidad que resulten oportunas, así como la confidencialidad y salvaguarda de sus derechos legítimos evitando cualquier tipo de represalias; y de seguimiento y control de los casos, del personal implicado y de las medidas adoptadas.
Finalmente, solicita que el observatorio de vida militar haga un estudio específico sobre la situación de medidas de prevención, formación y apoyo a las víctimas, con un análisis de derecho comparado y recomendaciones.

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