El constitucional rechaza el último recurso de garzón y deja vía libre para juzgarle


El Tribunal Constitucional ha rechazado de plano el recurso interpuesto por el juez Baltasar Garzón, en el que aseguraba que el Tribunal Supremo había vulnerado su derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, dando así vía libre para que el antiguo magistrado de la Audiencia Nacional sea juzgado a partir del próximo 17 de enero por haber ordenado grabar las conversaciones que mantuvieron en la cárcel los principales imputados en la trama de corrupción del “caso Gürtel” y sus abogados.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha decidido inadmitir el recurso de Garzón por “no haber concluido el proceso abierto en vía judicial”, según se recoge la providencia dictada hoy. La Sala, compuesta por los magistrados Elisa Pérez Vera, Ramón Rodríguez Arribas y Luis Ignacio Ortega, señala que Garzón podrá acudir al Constitucional una vez concluido el proceso penal abierto contra él.
Garzón aseguraba en su recurso que el Supremo había vulnerado su derecho a ser juzgado por en tribunal imparcial al permitir que el magistrado Manuel Marchena forme parte de la sala que le va a enjuiciar por las escuchas de la Gürtel. El antiguo titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional acudió al Constitucional después de que el Supremo rechazase por unanimidad en diciembre pasado la recusación presentada contra Marchena.
La decisión del Constitucional se suma a la adoptada esta mañana por la Sala de lo Penal del Supremo, órgano que ha rechazado de plano la nueva recusación –la séptima- presentada Garzón, en este caso contra el magistrado Luciano Varela.
Estas dos decisiones han evitado el aplazamiento del juicio por las escuchas de la “Gürtel”, cuyo inicio está previsto para el 17 de enero. La tramitación de cualquiera de las dos diligencias hubiese provocado, además, que Garzón fuese juzgado primero por su investigación de los crímenes del franquismo, ya que esta vista oral está prevista para el 24 de enero.
IMPARCIALIDAD Y PREJUICIOS
Garzón sostenía en su recurso que Marchena había perdido la “imparcialidad” por ser el instructor de la causa abierta contra él por los cobros que pudo haber percibido por los cursos que impartió en la Universidad de Nueva York entre los años 2005 y 2006, un caso en el que está imputado por delitos de cohecho y prevaricación.
El recurso presentado en el Constitucional, de 61 folios, señalaba que la presencia de Marchena en el tribunal suponía la vulneración de su “derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial” y porque el magistrado “alberga severos prejuicios” contra Garzón.
El juez suspendido cuatelarmente aseguraba que Marchena tiene “determinados y precisos prejuicios sobre su culpabilidad, todo lo cual quiebra su necesaria y debida imparcialidad objetiva, inhabilitándole para formar parte del tribunal que ha de enjuiciar”.

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