El constitucional revisa la supresión de la paga extra al personal laboral del sector público


El Tribunal Constitucional revisará la supresión de la paga extra al personal laboral del sector público al admitir a trámite la cuestión planteada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que expresos sus dudas sobre esta medida al haberse aplicado de forma retroactiva.

La Sala de lo Social de la Audiencia decidió el pasado 1 de marzo elevar una cuestión de inconstitucionalidad al concluir que "es justamente el interés general lo que se ataca cuando se niega a quienes ya han prestado sus servicios el derecho a percibir el salario correspondiente".
El Pleno del Tribunal Constitucional, encabezado por el presidente de la institución, Pascual Sala, ha decidido admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad. El TC ha acordado además dar traslado de la decisión al Gobierno, al Congreso, al Senado y a la Fiscalía General del Estado para que, en un plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular alegaciones, según se señala en la providencia hecha pública hoy.
La causa que estudiará Constitucional no afecta a los funcionarios y se circunscribe únicamente al personal laboral del sector público.
Los magistrados del Tribunal Constitucional deben resolver ahora si el Real Decreto-Ley 20/2012, que supuso la supresión de la paga extra, contraviene el artículo 9.3 de la Carta Magna, que impide aplicar las normas con efecto retroactivo.
En el caso analizado, la norma que suprimía esa remuneración entró en vigor el 15 de julio, con lo que había 14 días que ya se habían devengado, puesto que el 30 de junio se había pagado la extra del primer semestre.
La Audiencia Nacional aseguraba en el auto por el que elevó la cuestión de inconstitucionalidad que la medida no podía estar justificada por los ajustes presupuestarios provocados por la situación de crisis por la que atraviesa España. "Vivimos una situación altamente inquietante y de dimensiones extraordinarias, que probablemente justifique medidas restrictivas de derechos como aquellas a las que venimos asistiendo en los últimos tiempos, pero no abre la puerta, sin más, a que esas restricciones operan de modo retroactivo", señaló la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

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