El gobierno refuerza con dos decretos el carácter militar de la guardia civil


El Consejo de Ministros aprobó hoy dos decretos que refuerzan el carácter militar de la Guardia Civil, cuerpo de seguridad que orgánicamente depende del Ministerio de Defensa y operativamente del de Interior.
Según informó el Gobierno, el primer decreto se refiere a la aplicación en la Guardia Civil de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas. El segundo decreto alude a las misiones de carácter militar que se pueden encomendar a la Benemérita.
En este sentido, fuentes del Instituto Armado consultadas por Servimedia explicaron que estos decretos fueron planteados hace unas semanas a las asociaciones de guardias civiles. Estos colectivos expresaron su rechazo a que la aplicación de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas no se llevase a cabo mediante una ley, sino sólo con un decreto.
A este respecto, el Gobierno aseguró hoy que el “estudio y análisis del grado y alcance de aplicación de las normas de conducta de las Fuerzas Armadas” a la Guardia Civil ha permitido determinar la “plena aplicación” a la Benemérita de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas.
“NATURALEZA MILITAR”
Por este motivo, el Consejo de Ministros ha entendido que no resulta necesario dictar una “norma reglamentaria” para este asunto, como reclamaban las asociaciones que representan a los guardias civiles.
El segundo decreto tiene que ver con las misiones de carácter militar que pueden encomendarse a la Guardia Civil, que “por su naturaleza militar y preparación policial” puede desempeñar la Benemérita integrándose en unidades militares españolas o internacionales.
Entre las misiones en las que podrán participar los guardias civiles está el tomar parte “en el planeamiento, la preparación y ejecución de operaciones militares desarrolladas por las Fuerzas Armadas españolas o multinacionales, mediante el desempeño de las funciones de policía militar, vigilancia y defensa militares, y aquellas otras actuaciones que se le atribuyan en el marco de las operaciones militares desarrolladas por Fuerzas Armadas españolas o multinacionales”.
Además, la Benemérita podrá “participar, de forma integrada, en actividades desarrolladas por unidades, centros y organismos militares dependientes del ministro de Defensa, así como por los órganos judiciales militares y fiscales jurídico-militares, mediante el desempeño de las funciones”.

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