El líder de Boko Haram sí puede ser detenido en España, pero no juzgado

    • La reforma de la justicia universal impide que sea procesado por terrorismo o crímenes humanitarios. Pero la cooperación internacional contra el terrorismo obliga a su captura.

    • España podría extraditarlo a Nigeria o enviarlo a la Corte Penal Internacional. Juristas dudan de la constitucionalidad de la reforma que limita la jurisdicción universal.

Mueren más de un centenar de miembros de Boko Haram en el norte de Nigeria
Mueren más de un centenar de miembros de Boko Haram en el norte de Nigeria
R.Rivera

Baltasar Garzón dijo este lunes en una entrevista en la SER que con la reforma de la justicia universal, el líder de Boko Haramno podría ser detenido en suelo español: "Viene a veranear a Mallorca y no se le puede detener". Sin embargo, juristas consultados aseguran que sí puede ser capturado, pero no juzgado.

Romualdo Bermejo, catedrático de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de la Universidad de León, explica que la cooperación internacional contra el terrorismo obliga a España a detener de forma automática al líder de esta organización islamista, en el caso de que pisara territorio nacional. "La detención es algo absoluto y automático. Distinto es el enjuiciamiento. En este caso, Nigeria lo puede juzgar y España lo extraditaría. Incluso, las autoridades españolas podrían enviar el caso a la Corte Penal Internacional".

Coincide Javier Dorado, profesor del Instituto de Derechos Humanos de Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III de Madrid: "No se le podría detener para juzgarlo, pero sí para extraditarlo. La reforma de la justicia universal establece que para juzgarlo debería haber víctimas españolas, o ser de origen español o tener residencia aquí".

Un caso de justicia universal que se mantiene adelante en la Audiencia Nacional es el de genocidio en Guatemala. El juez Santiago Pedraz señala en un auto notificado este martes que en este caso, de asalto a la embajada española en Guatemala en 1980 y el genocidio maya, hay víctimas españolas. Además del terrorismo, el juez considera que la causa, que ahora ha transformado a sumario, se debe instruir también por los delitos conexos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de género, torturas, asesinato y detenciones ilegales porque el objeto de la investigación no son los delitos sino los hechos: el presunto genocidio maya en Guatemala en que supuestamente fueron asesinados 250.000 indígenas y se produjeron 1.475 violaciones.

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La reforma de justicia universal establece que para investigarse crímenes contra la humanidad debe haber víctimas españolas o "algún vínculo de conexión relevante con España", o bien que los presuntos autores del delito residan o sean de España y ningún otro país haya abierto una causa penal.

En el caso de delitos de torturas, contra la libertad sexual o delito de genocidio cometido fuera de las fronteras, para abrir una causa penal debe haber el supuesto criminal debe vivir habitualmente en España.

Hay juristas que tienen dudas de la constitucionalidad de la reforma aprobada por el Gobierno: "La Constitución recoge el acatamiento de los tratados internacionales de justicia universal. Los jueces pueden agarrarse a esa jerarquía normativa para seguir adelante con los procesos", señala Javier Dorado, que considera que la nueva ley prima los intereses estratégicos y diplomáticos por encima de los derechos humanos.

Romualdo Bermejos piensa que el Ejecutivo ha hecho la reforma para evitar roces diplomáticos. "La aplicación de la justicia universal ha planteado problemas en la diplomacia. Pero España no puede regirse en juez universal. Se ha convertido en juez de todo, pero no tiene capacidad política, ni jurídica para ello".

Dorado discrepa: "Aplicar la reforma del Gobierno supone una derogación de facto del principio de justicia universal y dejar espacios para la impunidad".

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