El PSOE recurre al TC el fin de las prórrogas de las ayudas para comprar VPO

  • El PSOE recurrirá hoy ante el Tribunal Constitucional la ley de medidas de flexibilización y fomento del alquiler de viviendas al considerar que elimina derechos ya reconocidos por normativas anteriores, como son las ayudas a la compra y rehabilitación de vivienda protegida.

Madrid, 5 sep.- El PSOE recurrirá hoy ante el Tribunal Constitucional la ley de medidas de flexibilización y fomento del alquiler de viviendas al considerar que elimina derechos ya reconocidos por normativas anteriores, como son las ayudas a la compra y rehabilitación de vivienda protegida.

En una nota de prensa, la portavoz socialista de Vivienda en el Congreso, Leire Iglesias, ha cifrado en cerca de 300.000 los ciudadanos que pueden resultar afectados por esta ley, en su mayoría con menor poder adquisitivo y que verán "incrementada su cuota hipotecaria hasta en 400 euros más al mes".

Según el texto del recurso, la modificación de las condiciones durante la vigencia de los préstamos, "en términos tan relevantes" como la desaparición de las prórrogas o renovaciones de la subsidiación, deja a los afectados en una situación de inseguridad jurídica que "lesiona de forma irreversible e irreparable sus derechos individuales".

Recuerda que el artículo 47 de la Constitución reconoce el derecho a una vivienda digna y obliga a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.

Con este fin, las normas que regulan las viviendas protegidas han establecido ayudas públicas que se han mantenido a lo largo del tiempo, entre ellas la subsidiación de préstamos cualificados, que consiste en el abono, por parte del Ministerio de Fomento, de un porcentaje de las cuotas de amortización del mismo, siempre que el adquirente cumpla unos requisitos de ingresos económicos.

Las ayudas se conceden por un período total de entre 15, 10 o 5 años, según lo previsto en la normativa del Plan de Vivienda que le sea de aplicación, y se instrumentan por un período inicial de 5 años, renovable durante otro período de igual duración hasta cumplir el período total reconocido de origen y por la cuantía que corresponda.

Así, el recurso sostiene que el mantenimiento de situaciones jurídicas consolidadas es un principio constitucional que, en sí mismo, debe ser respetado, algo "especialmente necesario cuando esta situación afecta a un derecho constitucionalmente reconocido".

La norma aprobada, que eliminó las renovaciones o prórrogas de estas ayudas, incluso de aquellas que habían sido ya concedidas, es "indiscutiblemente restrictiva de un derecho individual".

Y ello, además, con carácter retroactivo, lo cual no está permitido por el artículo 9.3. de la Carta Magna, que lo prohíbe en los casos en los que se produzcan restricciones o limitaciones de los derechos obtenidos con una legislación anterior.

La ley también vulnera, a juicio del PSOE, el artículo 33.3, que establece que "nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la corriente indemnización y de conformidad de lo dispuesto por las leyes".

Así, el partido considera que la renovación de las ayudas es un derecho ya perfeccionado, pero la ley ha procedido a su "expropiación" sin causa justa ni indemnización.

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