El supremo rechaza una querella contra anasagasti por pedir la voladura del valle de los caídos


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado una querella presentada por la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos contra el senador del PNV Iñaki Anasagasti por pedir en un artículo de prensa la voladura del recinto.
La querella, presentada el pasado 26 de febrero, argumentaba que algunas expresiones de Anasagasti en el artículo, recogiendo otras formuladas por él mismo en un debate televisivo, eran manifiestamente "bélicas" y constituían una incitación a la violencia y al odio.
Por ejemplo, el senador sostenía “que lo que mejor podían hacer con el Valle de los Caídos, previo al hecho de sacar los restos de los allí enterrados, era volar todo".
Para la Asociación, la sugerencia de "usar dinamita o de voladuras contra el patrimonio histórico artístico de un pueblo, y contra un templo al que el Vaticano dio categoría de basílica", no es un "sano ejercicio de la libertad de expresión", sino un ejemplo del delito tipificado en el artículo 510 del Código Penal, que, al ser cometido por un senador, correponde juzgar al Supremo.
Por el contrario, el Alto Tribunal estima en su auto, fechado el 7 de junio, que "las expresiones vertidas por el senador no contienen de por sí un contenido vejatorio ni discriminatorio, sino una crítica acerba" amparada por la libertad de expresión.
Tal crítica se derivaría, según el auto, de "entender que tal momento histórico artístico 'Valle de los Caídos' rinde homenaje" a una persona, el general Franco, sobre quien "querellante y querellados discrepan sobre sus méritos", algo que "puede compartirse o rechazarse, pero ni desde una perspectiva objetiva ni tampoco en el ámbito subjetivo resulta ofensiva o denigratoria".

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