El tribunal constitucional ratifica la prohibición del uso de munición con plomo en humedales y en la red natura 2000


El Tribunal Constitucional (TC) ha dictado una sentencia en la que prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo cuando estas actividades se realicen en humedales de importancia internacional, en la Red Natura 2000 y en espacios naturales protegidos.
Según informa SEO/Birdlife, esta sentencia resuelve el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Castilla y León contra algunos preceptos incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, entre ellos el mencionado uso de plomo.
Según Castilla y León, la regulación de esta prohibición es inconstitucional al caer en el ámbito de sus competencias y no en las del Estado.
El fallo judicial considera que la prohibición de la tenencia y uso de munición con plomo establecida por el Estado es constitucional y se desprende con toda claridad del preámbulo del Real Decreto 581/2001, de 1 de junio, según el cual "la intoxicación por plomo es responsable de una creciente mortalidad de aves acuáticas, debido a la ingestión por éstas de perdigones procedentes de las actividades de la caza y el tiro deportivo".
Añade que su impacto es "especialmente acusado en las zonas húmedas de nuestro territorio, estimándose que cada año se produce una elevada mortandad de ejemplares por dicha causa, que es especialmente grave en el caso de algunos de los animales afectados por estar incluidos en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas".
La sentencia recuerda que los humedales cumplen funciones ecológicas fundamentales, como reguladores de los regímenes hidrológicos y como hábitat de una flora y fauna características, singularmente de las aves acuáticas que, por sus hábitos migratorios, tienen la consideración de recurso internacional.

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